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jueves, 21 de noviembre de 2019

Serie KAM 2.1: ¿Cómo redactar una Cuestión Clave? - De-construcción 1/2

Estimado Lector,

Vamos a abordar la redacción de las KAM en dos entradas, en esta primera entrada vamos a intentar entender la construcción de una Cuestión Clave de auditoría, antes de entrar en otras cuestiones sobre su redacción.

Para lograr este primer objetivo te propongo el siguiente ejercicio a partir de una cuestión clave de auditoría de Telefónica 2018, te indico los requerimientos que se aplican y lo que te propongo es que los leas a partir de la aplicación, sería un camino inverso que nos permite ver como la norma construye la cuestión clave.

Esto hará la lectura de la norma menos tediosa y la comprensión mas profunda, sólo así podremos avanzar al segundo paso del estudio, que será la siguiente entrada.

Y sí, en esta entrada lo más importante es tu trabajo de "lectura sincronizada" y no mis orientaciones que son la parte fácil ;)

A continuación vamos a referirnos en todo momento a Cuestiones Clave de Auditoría obviando el carácter dual del caso español que explicamos al final en el Anexo.

Rojo - Texto Común
Azul - Descripción del riesgo
Morado - Respuesta al riesgo valorado

CASO 1 Cuestión Clave de Telefónica 2018

Cuestiones Clave de Auditoría (R11;A31)

Las cuestiones clave de auditoría son aquellas cuestiones que, según nuestro juicio profesional, han sido de la mayor significatividad (R11a) en nuestra auditoría de las cuentas anuales consolidadas del periodo actual (A33). Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de nuestra auditoría de las cuentas anuales consolidadas en su conjunto, y en la formación de nuestra opinión sobre estas, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones. (R11b)

Valoración de los fondos de comercio (Subtítulo-A32) (artículo 10.2.c.RUE)

Una parte relevante del activo del Grupo Telefónica son los fondos de comercio surgidos como consecuencia de las distintas combinaciones de negocios realizadas en los países en donde el grupo opera. A 31 de diciembre de 2018, tal y como se detalla en la nota 7 (R13) el valor de los fondos de comercio asciende a 25.748 millones de euros. (A40 - Porque es una CCA- No mera repetición, A42)

Para determinar si existe deterioro en sus fondos de comercio, la dirección realiza una evaluación con carácter anual o cuando se producen cambios en circunstancias o eventos que indiquen que el valor contable pudiera no ser integramente recuperable. (A41a)

Según se describe en las notas 3.c) y 3.m) (R13), la determinación del valor recuperable se realiza mediante el cálculo del valor en uso de las unidades generadoras de efectivo a las que se asocian los fondos de comercio, basado en los planes estratégico aprobados por el consejo de administración. Se trata de un área relevante de nuestra auditoría ya que estamos ante un cálculo complejo que requiere del uso de un alto grado de juicio en la estimación de hipótesis clave, tales como el crecimiento de ingresos, la evolución del margen operativo, el ratio de inversiones a largo plazo, la tasa de descuento y la tasa de crecimiento terminal. Estas hipótesis pueden verse afectadas significativamente por la evolución futura del entorno macroeconómico, competitivo regulatorio y tecnológico en cada uno de los países en los que el Grupo Telefónica opera. (A41a, A45)

Tal como se describe en la nota 7 (R13), en el ejercicio se ha registrado un deterioro por importe de 350 millones de euros sobre el fondo de comercio correspondiente a la unidad generadora de efectivo de México (A44), como consecuencia del empeoramiento de las condiciones macroeconómicas acontecidas en dicho país, agravadas por factores específicos de mercado y competencia en el mercado local. (A41)

Tal y como se describe en la nota 7 (R13), el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo correspondiente a Argentina presenta un mayor riesgo de deterioro del fondo de comercio asignado a la misma ante variaciones de las hipótesis clave. (A41)

Modo en el que se ha tratado en la auditoría (artículo 10.2.c.RUE)

Hemos realizado procedimientos de auditoría, con la colaboración de nuestros expertos en valoraciones (A49), sobre el proceso llevado a cabo por los administradores y la dirección para determinar el valor recuperable de las unidades generadoras de efectivo a las que se asocian los fondos de comercio, entre los que se incluyen: (R13bA46)
  • Entendimiento del control, análisis y comprobación de los controles relevantes sobre el proceso de evaluación de deterioro de los fondos de comercio para determinar el valor recuperable de las unidades generadoras de efectivo.
  • Comprobación de la consistencia de los datos utilizados en el cálculo del valor en uso con los planes estratégicos aprobados por el consejo de administración.
  • Análisis del grado de cumplimiento respecto del plan estratégico aprobado en el ejercicio anterior  (A48, A50). 
  • Evaluación de las hipótesis clave utilizadas para la determinación del valor recuperable, cuestionando su razonabilidad y coherencia, para lo cual hemos efectuado pruebas de contraste de hipótesis clave según información de mercado.
  • Evaluación de la razonabilidad de los análisis de sensibilidad definidos por la dirección del grupo Telefónica.
  • Comprobación de los desgloses incluidos en las cuentas anuales consolidadas de acuerdo a la normativa aplicable.
En base a los procedimientos realizados, consideramos que la evaluación efectuada por la dirección es razonable (A47), su estimación de las hipótesis clave se encuentra dentro de un rango razonable, y sus conclusiones sobre la valoración de los fondos de comercio concuerdan con la información contenida en las cuentas anuales consolidadas adjuntas. (Breve conclusión-A46, A51)

Anexo: Normativa, Definición y Particularidades del caso español

Normativa

Las referencias al apartado A46 dice "puede" por lo que en lo que no esté obligado por el RUE o un requerimiento de la NIA-ES 701 será voluntario.

Todas las menciones a requerimientos y apartados de la guía de aplicación se refieren a la NIA-ES 701.

Definición

Las cuestiones clave de auditoría son aquellas cuestiones que, según el juicio profesional del auditor, han sido de la mayor significatividad en la auditoría de los estados financieros del periodo actual. Las cuestiones clave de la auditoría se seleccionan entre las cuestiones comunicadas a los responsables del gobierno de la entidad. (R8 NIA-ES 701)

Particularidades del caso español

En España tenemos la particularidad de que el sistema es dual, de tal manera que existe obligación de incluir la sección en Entidades designadas reglamentariamente como de interés público (EIP), obligación recogida en el artículo 10.2.c) del RUE que serán las Cuestiones Clave de Auditoría (CCA).

Y existe también obligación de incluir la sección en Entidades no designadas reglamentariamente como de interés público (NO EIP), obligación recogida en el artículo 5.1.c) del la LAC 2015 que serán los Aspectos más relevantes de la auditoría (AMRA).

Dicho esto debe quedar claro que hay obligación de incluir la sección pero no hay obligación de que esta sección incluya un AMRA o una CCA siempre.

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.
Preparador examen ROAC.

5 comentarios:

  1. Buenas noches Ignacio.
    Buen ejemplo para entender la estructura a la hora de describir un AMRA/CCA según el caso.
    Es obvio después de que en una consulta planteada al ICAC creo entender, este dijera que no es obligatorio incluir un AMRA/CCA en la sección, pero en una auditoría de una entidad de cierto tamaño es poco habitual que no tengas que introducir un AMRA/CCA en la práctica profesional.
    Saludos

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    1. Buenas noches "Anónimo",

      Bueno, que existía la posibilidad de no incluir CCA/AMRA en la sección, es algo que recoge la NIA-ES 701 en el requerimiento 16 de obligado cumplimiento, así está recogido en el Manual de NIA-ES de Francis Lefevbre, en un cuadro que ocupa un folio con una luz llamando la atención sobre el punto, y por tanto la consulta que vuelvo a enlazar en la entrada vino a reafirmar lo que ya se sabía, de hecho fue una cuestión que cayó en el examen ROAC 2017.

      Efectivamente como explico en la entrada "¿Es correcto decir que todos los informes tienen que tener como mínimo una CCA o un AMRA?" es raro un cliente de auditoría que no tenga al menos una CCA/AMRA y en esa entrada planteaba que no sería tan raro que existiese un cliente donde los riesgos se hubiesen convertido en salvedades y no hubiese nada que informar en la sección de AMRA/CCA.

      Pues bien los hechos me han dado la razón, te invito a que busques una cotizada sin 1 sóla cuestión clave de auditoría (yo no lo he encontrado), sin embargo si que hay al menos un caso de informe emitido por BDO como el que yo describo que podía pasar que es el de Euroconsult en 2017:

      https://www.dropbox.com/s/pu3i203f030fbtj/15.%20ECG.pdf?dl=0

      Por tanto y sin animo de ser presumido, quiero destacar que acertamos al destacar como importante el requerimiento 16 y acertamos al indicar lo que sería más posible ver en la práctica.

      Gracias por comentar el blog.

      Recibe un cordial saludo.
      Ignacio Aguilar.

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  2. Si efectivamente, no hay un solo informe de cotizada que no tenga entre 1 o 3 CCA por lo menos.
    Con lo que no me he tropezado tanto, yo por lo menos, es con informes que incluyan un opinión con salvedades y a parte en la sección de AMRA/CCA, incluyan el párrafo que empieza "además de la cuestion descrita en el párrafo de fundamentos de la opinión con salvedades..." y describan otro AMRA o CCA.
    Soy Pablo Garcia, alumno tuyo del curso ROAC. No se porque no me sale el usuario. Disculpa
    Saludos

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    Respuestas
    1. Hola Pablo,

      Aprovecho tu comentario y le damos un repaso a lo que hay en el MAB 2017 y 2018 que hay cosas interesantes.

      A ver, como te digo, una salvedad o una incertidumbre material de empresa en funcionamiento es por su propia naturaleza una Cuestión Clave de Auditoría, pero logicamente van en su sección (Fundamento de la Opinión con salvedades/desfavorable/denegada e Incertidumbre material de emperesa en funcionamiento" y no se pueden duplicar.

      En cotizadas la experiencia que tenemos es:

      Caso A Empresas sin ninguna Cuestión Clave de Auditoría

      Este caso si consideramos las salvedades y la incertidumbre de empresa en funcionamiento, no hay ninguno.

      Caso B No hay CCA en la sección de CCA porque los riesgos se han materializado en salvedades e incertidumbre material de empresa en funcionamiento

      Hay 1 caso el de Euroconsult que te he dejado enlazado antes y vuelvo a hacer ahora

      https://www.dropbox.com/s/pu3i203f030fbtj/15.%20ECG.pdf?dl=0

      Caso C Se han materializado los riesgos en salvedades e incertidumbre material de empresa en funcionamiento pero además tenemos CCA en la sección de CCA (obviamente distintas a las que han dado origen a la opinión modificada)

      Tenemos 6 casos en el MAB (segmento de empresas en expansión) en 2017 ver aquí:

      http://www.economiayauditoria.com/2018/08/informes-audioria-empresas-en-expansion.html

      Tenemos otros 6 casos en el MAB (segmento de empresas en expansión) en 2018

      https://www.economiayauditoria.com/2019/11/informes-del-mab-2018.html

      Espero que tengas mucha suerte en el examen de acceso al ROAC y esta sea tu convocatoria.

      Un cordial saludo.

      Eliminar
  3. Muchas gracias Ignacio,
    Saludos cordiales

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