sábado, 28 de enero de 2017

Anteproyecto de Ley Información no financiera





Estimado Lector,

Cuando en su día vimos la publicación de las NTA revisadas sobre informes y la nueva Norma Técnica de Auditoría sobre cuestiones clave de la auditoría (NIA-ES 701) (Ver AQUÍ), ya adelantamos la novedad que iba a suponer la Directiva 2014/95/UE y dejamos un enlace que puedes consultar AQUI.

Pues bien este viernes me alertaba un buen amigo de la publicación en la página del ICAC del Borrador del anteproyecto de ley que daría transposición a esta Directiva, puedes ver el anteproyecto de ley AQUI.

1.- ¿De que trata la Directiva?

  •  Tiene como finalidad para las grandes empresas aumentar la divulgación de información no financiera, entre otros, de los factores sociales y medioambientales.
  • Amplía el contenido exigido en el informe anual de gobierno corporativo que deben publicar las sociedades anónimas cotizadas. 
  • Algunas empresas deben preparar un estado de información no financiera que contenga información relativa, por lo menos, a cuestiones medioambientales y sociales, así como relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el sobornos.
2.- ¿Cual es el ámbito de aplicación?

Se extiende a las empresas de interés público cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y cuyo importe neto de la cifra de negocios, total activo y número medio de trabajadores determine su calificación como empresa grande, en los términos definidos por la Directiva 2013/34/UE. 

Hay excepciones, para entidades que formen partes de grupos consolidados y para pequeñas y medianas empresas que quedan eximidas en cualquier caso.

3.- ¿Cómo afecta esto a la auditoría?

Los auditores de cuentas y las sociedades de auditoría de cuentas únicamente deben comprobar que se haya facilitado el estado de información no financiera.

4.- ¿Que datos tendría que tomar para saber si tengo obligación de presentar este estado en 2017?

El total activo, importe neto de la cifra de negocios y número medio de trabajadores del ejercicio 2017 y del inmediato anterior.

5.- ¿Qué normas quedarán modificadas?

Esta norma cuando esté aprobada modificará las siguientes leyes y por tanto deberemos volver a descargar los textos consolidados para tener actualizada nuestra normativa (a ver si me acuerdo en su momento, si no por favor que me lo recuerde algún compañero):

  • Código de Comercio.
  • Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
  • Ley 22/2015 de 20 de julio de Auditoría de Cuentas.
Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

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