domingo, 19 de junio de 2011

Esquema de decisión sobre obligación de consolidar

Estimado Lector,

En el blog hay tres artículos y un caso práctico que serían de utilidad para alguien que se plantee realizar por primera vez un consolidado el de “¿Estoy obligado a consolidar?”, el de “Concepto de Grupo” y el de “Constitución de grupo y dispensa por tamaño”. Estos tres artículos junto con la “Solución al caso práctico de Grupo”, configuran el contenido elaborado sobre grupo y obligación de consolidar por Economía y Auditoría. Este contenido es realmente completo, pero al abarcar tanto requieren más tiempo de estudio, por eso he pensado que sería positivo hacer un esquema de consolidación, muy gráfico y muy sencillo.

A continuación os dejo un esquema de decisión sobre la obligación de consolidar que creo que es bastante claro:



Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

sábado, 18 de junio de 2011

¿Cómo consolidar una EPE?

Estimado Lector,

¿No te ha pasado alguna vez tener una duda de consolidación, de cuentas anuales u otro tema similar, ir a buscar a google y descubrir que todo el mundo te cuenta lo que ya sabes? Esto es porque normalmente, en internet se cuelgan resumenes normativos con lo que está muy claro, lo que todo el mundo se encuentra de forma frecuente.

Si algún día te ves en la tesitura de consolidar una EPE, a lo mejor te pasa como a un lector de Economía y Auditoría que acabó realizando una consulta en una entrada del blog sobre como debía consolidarlo.

La verdad que a veces creo que me meto en más jardines de los que debería, pero no lo puedo evitar, me encanta la contabilidad, y muy especialmente los temas relacionados con la consolidación, si a eso le sumamos mi vocación por el coaching, tenemos este blog. En fin, como decía, lo estudié y dí la respuesta que reproduzco en esta entrada:

viernes, 17 de junio de 2011

Consulta 1 de Auditoría BOICAC 85

Estimado Lector,

En un curso sobre la Ley de Auditoría de Cuentas, hubo un auditor en ejercicio que preguntó al ponente por un cliente suyo, el cual, el año anterior había recibido una salvedad por empresa en funcionamiento, y se preguntaba si este año, en el caso de que la empresa informase adecuadamente en la memoria podría despacharlo con un párrafo de énfasis por incertidumbre, o si quizás además del párrafo de énfasis podría incluir un párrafo de otras cuestiones para informar del hecho que el año pasado puso una salvedad.

Pues bien, esta misma cuestión se la han preguntado al ICAC en la Consulta 1 del BOICAC 85. La respuesta del ICAC, básicamente es que si en base a tu análisis consideras que el efecto de las incertidumbres no es muy significativo, efectivamente basta con poner un párrafo de enfasis. Y que adicionalmente no tienes obligación de poner un párrafo de otras cuestiones explicando la opinión del año anterior, pero que si en base a tu juicio profesional crees que mejorará la comprensión del informe realizado puedes hacerlo.

A continuación os dejo el tenor literal de la conclusión del ICAC:

lunes, 13 de junio de 2011

Constitución de un grupo y dispensa por tamaño

                                        
Estimado Lector,

He ampliado la solución al caso práctico de consolidación que publiqué el 28 de marzo de 2011. El tema básicamente es el siguiente, en su momento, cuando estudié esta parte de las NOFCAC me hice un caso práctico para mi que luego compartí con toda la comunidad de lectores de Economía y Auditoría. Quise poner el caso de un grupo que superaba los límites de la dispensa por tamaño un sólo año, para hacer hincapié en la idea de que los límites debían superarse durante dos. Pero el caso no aclaraba lo que habría que hacer el primer año de constitución del grupo. Si nos vamos al artículo que trata la dispensa por razón de tamaño artículo 8.1 de las NOFCAC:

"En los dos primeros ejercicios sociales desde la constitución de un grupo, una sociedad estará dispensada de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas cuando en la fecha de cierre de su primer ejercicio, el conjunto de las sociedades del grupo no sobrepase dos de los límites señalados en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas para la formulación de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada."

miércoles, 8 de junio de 2011

Normas Internacionales de Información Financiera 2011

Estimado Lector,

Me ha llegado la información de que este mes de julio saldrá a la venta las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) actualizadas a enero 2011.  De momento no se puede comprar pero puedes mostrar tu interés por la obra.

Adicionalmente, la Fundación IFRS informa que se han publicado las NIIF 10, NIIF 11, NIIF 12, NIIF 13, NIC 27 y NIC 28 (mayo 2011). Están ahora disponibles y pueden ser compradas en la tienda de la fundación.

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.