sábado, 30 de noviembre de 2013

Pon todo tu corazón, toda tu mente y toda tu alma en lo que hagas (Caso 12/12)

Estimado Lector,

El último caso no es un caso, pero creo que te será incluso más útil, es un vídeo de Luis Galindo, donde dice cosas muy importantes, para el ROAC y para cualquier cosa en general en la vida, pon todo tu corazón, toda tu mente y toda tu alma en lo que hagas.

Gracias por seguir estos casos, Gracias por seguir el blog,  sin ti, todo esto no tendría sentido….#12dias12casos 


jueves, 28 de noviembre de 2013

Comunicado del Tribunal

Importante comunicado del Tribunal 28 de noviembre de 2013.


El Tribunal calificador de las pruebas de aptitud profesional para la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, convocadas por Orden ECC/682/2013, de 15 de abril, comunica que:

El punto 2.6 de la Orden ECC/682/2013, de 15 de abril (BOE de 26 de abril de 2013), de convocatoria de las pruebas, respecto de las características de la segunda fase del examen, dice que:

"Se podrán consultar textos legales y las Normas de Auditoría, comentadas o no, incluidas las consultas publicadas por el ICAC en su Boletín Oficial, así como cualquier otro texto en soporte papel."

La expresión "cualquier otro texto en soporte papel", en el ámbito en el que está referido, debe quedar restringida a un texto publicado y de acceso público, por lo que no cabe extenderlo a esquemas o resúmenes elaborados para uso propio. 

Contabilidad renovación, ampliación y mejora (Caso 11/12)

Estimado Lector,

Detrás de ese folio, que es el informe de auditoría, un folio que cada vez se cotiza menos, hay un importantísimo trabajo realizado por alguien con unos profundos conocimientos de Normas Técnicas de Auditoría, alguien con un altísimo nivel en Contabilidad y Consolidación, alguien que conoce la legislación relacionada con su actividad y con una alta capacidad de trabajo, porque en auditoría se trabaja y se trabaja mucho. Un auditor, es alguien que pone todos esos conocimientos que hemos mencionado, al servicio de la sociedad para hacer algo tan sencillo de decir y tan complicado de hacer como emitir opiniones de auditoría que sean adecuadas a las circunstancias…

Hoy comparto contigo un caso de contabilidad que hice allá por el mes de mayo de este año. Penúltima publicación, hoy sobre contabilidad, ya sabes #12dias12casos

miércoles, 27 de noviembre de 2013

Empresa en Funcionamiento 4 (Caso 10/12)

Estimado Lector,

Hoy hacemos una breve mención al caso que plantea el párrafo 5.8 de la NTA de empresa en funcionamiento modificada y te resumo al final las principales entradas que he escrito en el blog desde febrero hasta ahora sobre estos temas. Seguimos con el reto #12días12casos

Hoy vamos a referirnos al caso de una sociedad donde existiendo dudas sobre el principio de empresa en funcionamiento la Sociedad realiza un Plan Estratégico para varios año al que se hace mención en las Cuentas Anuales, en este contexto, solicitamos a la Dirección que nos facilite el plan o amplíe su valoración sobre determinados aspectos del referido Plan, requiriendo la documentación justificativa correspondiente, no habiendo recibido a fecha de emisión del informe de auditoría la información requerida.

martes, 26 de noviembre de 2013

Estimaciones normales sobre hechos futuros (Caso 9/12)


Estimado Lector, 

Hoy vamos a releer la NTA de Informes en la parte relativa a estimaciones sobre hechos futuros, muy relacionada con la reciente Circular E13/2013 del ICJCE. #12días12casos

La NTA sobre Informes en su párrafo 3.4.11 dice que:

"Las estimaciones normales que sobre hechos futuros ha de realizar toda entidad en la preparación de sus cuentas anuales, tales como estimaciones actuariales de los planes de pensiones, provisiones para clientes incobrables, provisiones para garantías o devoluciones, valor neto realizable de las existencias, etc., en términos generales, pueden realizarse de manera razonable, ya fuera a nivel específico o global, y, en consecuencia, en las cuentas se debe recoger el efecto monetario de dichas estimaciones, conforme a lo dispuesto en el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, por lo que tales circunstancias no se deben calificar como incertidumbres en el sentido descrito en el párrafo 3.5.2 siguiente."

lunes, 25 de noviembre de 2013

Omisión de información (Caso 8/12)

Estimado lector,

Si te parece podemos echar un vistazo hoy a las omisiones de información repasándolas desde la NTA sobre Informes. Seguimos #12dias12casos

1.- Contenido de la NTA sobre informes


3.4.7. Durante su trabajo, el auditor puede identificar una o varias de las circunstancias siguientes que suponen un incumplimiento de los principios y criterios contables que resultan de aplicación contenidos en el marco normativo de información financiera.

…. c) Omisión de información en las cuentas anuales, de forma que éstas no contienen toda la información necesaria y suficiente para la interpretación y comprensión adecuada. Esta circunstancia comprende, tanto el defecto en los desgloses requeridos en la memoria, como la presentación inadecuada de las cuentas en cuanto a su formato o clasificación.

domingo, 24 de noviembre de 2013

Empresa en Funcionamiento 3 (Caso 7/12)

Estimado Lector,

Te dejo el caso 3 de empresa en funcionamiento incluyo la tabla para que te orientes mejor. Pasamos el ecuador #12dias12casos.

Principio
Juicio del auditor
Opinión
Referencias
Esa. Fto.
Si el auditor concluye que la utilización de la hipótesis de empresa en funcionamiento es adecuada 
Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre.                   Párrafo de énfasis (obligatorio).
Véase NTA sobre Informes y  apartados 18, 19 y A21 y A22   NIA-ES 570.
Caso 2: Si la información revelada en las cuentas anuales no es adecuada .          Salvedades o una opinión desfavorable.
Véase NTA sobre Informes y apartado 20 y A23-A24 NIA-ES 570.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Caso 3: Opinión desfavorable.
Véase Consulta 1 auditoría BOICAC 92 y apartado  21 y A26 de la NIA-ES 570.


Caso 3: Cuentas Anuales formuladas por los administradores con anterioridad al acuerdo de la Junta General de Accionistas de disolver la sociedad (Véase modelo de párrafo intermedio en la NTA de Empresa en Funcionamiento): 

sábado, 23 de noviembre de 2013

Empresa en funcionamiento 2 (Caso 6/12)

Estimado Lector,

Seguimos con el segundo caso de salvedad por omisión de información sobre una incertidumbre significativa de empresa en funcionamiento. Llegamos al ecuador  #12dias12casos.

Principio
Juicio del auditor
Opinión
Referencias
Esa. Fto.
Si el auditor concluye que la utilización de la hipótesis de empresa en funcionamiento es adecuada 
Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre.                   Párrafo de énfasis (obligatorio).
Véase NTA sobre Informes y  apartados 18, 19 y A21 y A22   NIA-ES 570.
Caso 2: Si la información revelada en las cuentas anuales no es adecuada .          Salvedades o una opinión desfavorable.
Véase NTA sobre Informes y apartado 20 y A23-A24 NIA-ES 570.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Caso 3: Opinión desfavorable.
Véase Consulta 1 auditoría BOICAC 92 y apartado  21 y A26 de la NIA-ES 570.


Caso 2: Incertidumbre significativa sobre cuestiones relativas a problemas de empresa en funcionamiento que no se encuentran recogidas adecuadamente en la Memoria de las Cuentas Anuales, habiendo concluido el auditor que el efecto es significativo.   (Véase modelo de párrafo intermedio en la NTA de empresa en funcionamiento, véase modelo de párrafo intermedio en la NIA-ES 570).

viernes, 22 de noviembre de 2013

Empresa en Funcionamiento 1 (Caso 5/12)

Estimado Lector,

Seguimos, recuerda #12días12casos

En su momento algún compañero me recordaba que la Modificación de la NTA de empresa en funcionamiento es una Resolución de julio de 2013 y que por tanto es posterior al 5 de junio de 2013 (fecha que marca el límite de la normativa que entra en el examen y la que no).

Bien, esto es cierto, pero si miras la columna "Referencias" adjunta, verás que, todos los casos en los que la empresa ha aplicado el principio de empresa en funcionamiento, son casos cuya resolución está fundamentada en normativa vigente a 5 de junio de 2013, por tanto son todos casos susceptibles de entrar en el examen y sobre estos vamos a proponer una serie de ejemplos, empezamos esta entrada con el Caso 1 donde incluimos el párrafo de énfasis tal como se publicó dentro de la solución oficial del examen de acceso al ROAC del 2011.

Principio
Juicio del auditor
Opinión
Referencias
Esa. Fto.
Si el auditor concluye que la utilización de la hipótesis de empresa en funcionamiento es adecuada 
Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre.                   Párrafo de énfasis (obligatorio).
Véase NTA sobre Informes y  apartados 18, 19 y A21 y A22   NIA-ES 570.
Caso 2: Si la información revelada en las cuentas anuales no es adecuada .          Salvedades o una opinión desfavorable.
Véase NTA sobre Informes y apartado 20 y A23-A24 NIA-ES 570.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Caso 3: Opinión desfavorable.
Véase Consulta 1 auditoría BOICAC 92 y apartado  21 y A26 de la NIA-ES 570.

Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre (Véase Anexo de la NTA de Informes. Párrafo de énfasis incluido en la resolución oficial del Examen ROAC 2011)

jueves, 21 de noviembre de 2013

Cambio de criterio 4 (Caso 4/12)

Estimado Lector,

Seguimos con el caso 4. #12días12casos.

1.- Enunciado aplicación prospectiva por ser impracticable la retrospectiva

La Sociedad ha modificado el criterio de valoración de sus existencias, pasando de FIFO a coste medio ponderado, por considerar que así refleja más adecuadamente la imagen fiel. El efecto del cambio de criterio ha supuesto una reducción del valor de las existencias en 255.000 euros registrandose de forma prospectiva al ser impracticable su registro retroactivo, situación sobre la que hemos podido obtener evidencia suficiente y adecuada, además la memoria incluye toda la información requerida por la normativa vigente.

2.-  Solución

NRV 22ª

"Cuando se produzca un cambio de criterio contable, que sólo procederá de acuerdo con lo establecido en el principio de uniformidad, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información."

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Cambio de Criterio 3 (Caso 3/12)

Estimado Lector,

AJUSTES Y EFECTO EN EL ECPN CASO 2. Seguimos #12días12casos. 

A continuación te dejo el planteamiento de unos hipotéticos ajustes planteados sobre el Caso 2 de cambio de criterio en existencias, digo hipotéticos porque en el enunciado no dábamos los saldos de existencias a inicio y final de cada año, con lo que me he inventado los saldos de existencias iniciales y finales.

También incluyo al final el efecto de estos ajustes por cambio de criterio en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

CASO 2 (2013) Véase caso en este enlace.

En este caso no se han ajustado las existencias iniciales y se ha llevado todo el efecto sobre pérdidas y ganancias del ejercicio 2013. Al haber podido calcular el efecto retroactivo hasta final de 2011 tendremos que plantearnos los ajustes necesarios en el año 2012.

martes, 19 de noviembre de 2013

Cambio de criterio de existencias 2 (Caso 2/12)

Estimado Lector,
 
Seguimos con el reto, ya sabes Caso 2  #12días12casos.



Ayer proponíamos el caso del examen ROAC de 2008 donde la Sociedad había registrado el efecto del cambio de criterio sobre las existencias iniciales  en una cuenta de otros resultados y no contra reservas como debería haber hecho.

Hoy hacemos un caso donde la Sociedad ha registrado el cambio de criterio sobre las existencias finales sin corregir el efecto del cambio de criterio de forma retroactiva.

2.1 Caso de cambio de criterio sobre existencias finales y existencias iniciales


Tal como menciona en la nota 2.7  de la memoria la Sociedad ha modificado el criterio de valoración de sus existencias, pasando de coste medio ponderado a FIFO, por considerar que así refleja más adecuadamente la imagen fiel.  Representado una disminución del valor de las existencias del 2013 de 300.000 euros. Si bien la sociedad tiene información suficiente para registrarlo de forma retrospectiva lo ha registrado prospectivamente llevando todo a pérdidas y ganancias. Así mismo el efecto en las existencias a 31 de diciembre de 2012 era de 200.000 euros y el 31 de diciembre de 2011 era de 180.000 euros.

Hipótesis adicionales al caso:

El trabajo de campo se finaliza el 20 de abril de 2014 y somos los mismos auditores del año anterior, emitimos un informe con fecha 2 de mayo de 2013 con opinión favorable.

lunes, 18 de noviembre de 2013

Cambio de criterio de Existencias 1 (Caso 1/12)

Estimado Lector,

Empezamos con el Caso 1.  Recuerda #12 días12 casos.

Caso 1 Planteado en el examen de acceso al ROAC del 2008

1.1 Enunciado

La Sociedad ha modificado el criterio de valoración de sus existencias, pasando de FIFO a coste medio ponderado, por considerar que así refleja más adecuadamente la imagen fiel. El efecto del cambio de criterio sobre las existencia ha sido posible estimarlo de forma retroactiva y se ha evaluado en 255 miles de euros, tal y como se detalla en la Nota 13.4 de esta Memoria. 

La redacción de la nota 13.4) de la memoria de Otros resultados es la siguiente:

Su origen es el siguiente:

Beneficio de una permuta de Inmovilizado Material...................  500 euros miles
Cambio de criterio en la valoración de existencias....................... 255 euros miles 
Otros beneficios excepcionales......................................................…… 530 euros miles
TOTAL............................................................................................... 1.285 euros miles

sábado, 16 de noviembre de 2013

Libro Consultas Auditoría y Contabilidad


Estimado Lector,

El ICJCE ha sacado un libro de consultas de Auditoría y Contabilidad publicadas por el ICAC desde el 2008 hasta ahora, se trata de un material permitido en el examen de acceso al ROAC del año 2013 y que contiene un indice cronológico y uno temático con el fin de agilizar la búsqueda de contenidos.

Lo que es interesante de este libro es entender la doctrina del ICAC y saber aplicarla, ahora respecto a si merece la pena llevárselo al examen o no y aunque hablaremos de esto en una entrada posterior te adelanto que el examen no es el sitio indicado para estudiar contabilidad ni para leer consultas buscando una respuesta que desconoces, el tiempo es realmente justo.

Puedes adquirir el libro en este enlace.

viernes, 15 de noviembre de 2013

¿Qué material debería llevarme al Examen?

Estimado Lector,

El ICJCE ha consultado el alcance de la famosa expresión "… cualquier otro texto en soporte papel..." obteniendo una respuesta muy parecida a la que había obtenido una compañera informalmente del ICAC y que dice así:

En el examen podrá consultarse 

 a) Cualquier libro o material escrito mientras sea público, es decir, editado. Valga como ejemplo un libro con pruebas de acceso al ROAC de ediciones anteriores, o el propio material preparado por el ICJCE para las citadas pruebas con el que se realizan los cursos. 

 b) No se admitirán resúmenes o apuntes propios.


Lo que le digo a los compañeros que el examen no es el sitio para estudiar contabilidad o para buscar respuestas a temas que no llevamos preparados a la desesperada, el examen es el momento de contarle al examinador lo que sabes en el tiempo que te han dado, si contestas el examen completo y has puesto todo lo que sabes deberías estar tranquilo con el trabajo realizado, otro tema es que lo que sabes no sea suficiente para aprobar, pero el problema de la falta de conocimiento no se suple llevando una maleta de libros.

En este sentido hay que racionalizar lo que se lleva y llevar sólo material que tengamos muy trabajado, para consultar cuestiones puntuales, recordemos que el tiempo es quizás el factor más importante en la ejecución final del examen.

martes, 12 de noviembre de 2013

IV Jornada FAIF

Estimado Lector,

El Foro de Instrumentos Financieros de AECA es uno de los pocos sitios donde se esta haciendo labor de divulgación en esta materia tan compleja y además lo hacen de forma pública y compartida en abierto. Lamentablemente este año no he podido asistir a esta cita del máximo nivel en instrumentos financieros en España. 

Por mi parte invitarte a que disfrutes de estas ponencias y si te presentas al ROAC especialmente interesante ha sido la primera ponencia de la presidenta del ICAC Ana María Martínez-Pina, donde ha repasado las últimas resoluciones del ICAC.


domingo, 10 de noviembre de 2013

Libro Normativa sobre auditoría de cuentas



Estimado Lector,

El ICAC ha sacado a la venta el libro de "Normativa sobre auditoría de cuentas en España", personalmente me he hecho con una copia y resulta interesante, es verdad que se centra sólo en la auditoría, pero incluye las Normas Técnicas de Auditoría, jurisprudencia, las normas sobre el ICAC y Consultas de auditoría publicadas por el ICAC, que podrían ser consultadas en el examen ROAC de este año 2013, en fin en auditoría es muy completo.

Lo puedes comprar con un USB de la normativa, y puedes obtener más información en el siguiente enlace.

lunes, 4 de noviembre de 2013

Fecha, lugar y hora definitivos Examen ROAC 2013

Estimado Lector,

El tribunal calificador de las pruebas de aptitud profesional para el acceso al ROAC nos acaba de dar la fecha del examen mediante el siguiente comunicado:

DIA Y HORA

La segunda fase del examen (examen práctico) se celebrará el sábado 14 de diciembre de 2013, a las 9 horas.

LUGAR

MADRID: Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. C/ Profesor Aranguren s/n. Ciudad Universitaria. 28040 Madrid. (Enlace Google Maps).

BARCELONA: Facultad de Economía y Empresa. C/ Diagonal 690. 08034 Barcelona.  (Enlace Google Maps).

ADMITIDOS Y EXCLUIDOS PROVISIONAL

viernes, 1 de noviembre de 2013

¿Que es la opinión parcial?


Actualización: En España con la adaptación de la NIA-ES 510 revisada se ha suprimido la opción de utilizar la opinión parcial por ser incompatible con nuestra Ley de Auditoría. Tengo pendiente actualizar esta entrada para explicar lo que es pero con normativa más actualizada.

1.- ¿Qué dice la NTA sobre informes?

La NTA sobre informes en su punto 3.3.16 dice que, con carácter general no se permite la opinión parcial.

En un informe de auditoría sobre cuentas anuales, no se permite la expresión de una opinión parcial sobre alguno o varios estados, epígrafes o partidas de las cuentas anuales cuando se esté expresando una opinión desfavorable o se esté denegando ésta sobre dichas cuentas anuales en su conjunto.
Estableciéndose una excepción sólo para el caso del primer ejercicio auditado.
No obstante, excepcionalmente, en el caso del primer ejercicio auditado, si el auditor no puede satisfacerse de la razonabilidad del importe de las existencias iniciales y, en general, del corte de operaciones al término del ejercicio anterior, esta circunstancia puede dar lugar a la inclusión en su informe de una salvedad por limitación al alcance y, dependiendo de la importancia del efecto de aquellos ajustes que se hubieran podido poner de manifiesto de no haber existido tal limitación, puede