viernes, 30 de marzo de 2018

¿Puede ser KAM un hecho remoto?


Fuente de la imagen: Wikipedia

Estimado Lector,

Durante el curso de preparación del ROAC me plantearon si la independencia de Cataluña podría ser considerado una cuestión clave de auditoría y recientemente han publicado una noticia sobre Trump y Amazon y vuevlo a leer sobre esta cuestión en redes sociales.

Me gustaría hacer una reflexión desde un punto de vista estrictamente técncio, que nos permita al menos traer un poco de sentido común a la cuestión.

Bueno, en principio y sin entrar en la distinción que existe a nivel local en España, la norma lo que dice es que las KAM son cuestiones comunicadas a los responsables del gobierno de la entidad, que hayan requerido la atención significativa del auditor y que a juicio profesional del auditor deben ser tratadas en el informe como cuestiones clave de auditoría. Muy resumidamente esto es lo que dice la norma sobre una KAM.

Puedes verlo más en detalle en el requerimiento 9 de la NIA-ES 701 y en un tool kit del IAASB que puedes consultar AQUÍ.

martes, 27 de marzo de 2018

Empresa en funcionamiento 6: El auditor no obtiene evidencia suficiente y adecuada

Estimado Lector,

En esta entrada vamos a analizar el caso que te dejo marcado en naranja en el esquema que tienes junto a esta entrada.

La verdad que esta serie de artículos sobre empresa en funcionamiento era necesaria, he releido y mejorado los supuestos de hecho de los otros 5 casos, hay matices que voy viendo y me gusta pulir. Pero después de 6 días ya tengo ganas de pasar a otra cosa...

Supuestos de hecho 

a) La dirección de la entidad ha realizado la valoración sobre la capacidad de la misma para continuar como empresa en funcionamiento. 
b) Aunque existen factores causantes de duda sobre la aplciación del principio de empresa en funcionamiento los estados financieros han sido formulados utilizando el principio de empresa en funcionamiento, debido a que los administradores consideran que existen factores mitigantes suficientes.
c) El auditor NO ha obtenido evidencia suficiente y adecuada de la realidad de esos factores mitigantes.

domingo, 25 de marzo de 2018

Empresa en funcionamiento 5: Aplicación inadecuada del principio




Estimado Lector,

En esta entrada vamos a analizar el caso que te dejo marcado en naranja en el esquema que tienes junto a esta entrada.

Supuestos de hecho 

a) La dirección de la entidad ha realizado la valoración sobre la capacidad de la misma para continuar como empresa en funcionamiento.
b) Las cuentas anuales formuladas por los administradores de la entidad se han formulado utilizando el principio de empresa en funcionamiento.
c) El auditor ha obtenido evidencia suficiente y adecuada y considera indadecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.

¿Qué dice la norma en este caso? 

 Requerimiento 21 de la NIA-ES 570 (Revsiada)

"Si los estados financieros se han preparado utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento, pero, a juicio del auditor, la utilización por parte de la dirección de dicho principio contable no es adecuada para la preparación de los estados financieros, el auditor expresará una opinión desfavorable (adversa). (Ref: Apartados A26–A27)"

Como nos recuerda el apartado A26 la opinión desfavorable es independiente de que la entidad informe adecuadamente o no de la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.

sábado, 24 de marzo de 2018

Empresa en funcionamiento 4: Opinión favorable y Cuestión Clave de Auditoría por empresa en funcionamiento

Estimado Lector,

En esta entrada vamos a analizar el caso que te dejo marcado en naranja en el esquema que tienes junto a esta entrada.

Supuestos de hecho 

a) La dirección de la entidad ha realizado la valoración sobre la capacidad de la misma para continuar como empresa en funcionamiento.
b) Aunque existen factores causantes de duda sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento la dirección de la entidad ha concluido que NO existe una incertidumbre material sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.
c) Las cuentas anuales formuladas por los administradores bajo el principio de empresa en funcionamiento contienen toda la información requerida por el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación.
d) El auditor ha tenido que analizar los factores causantes y mitigantes de duda sobre la aplicación del principio y ha obtenido evidencia suficiente y audecuada y considera que es adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento por parte de la entidad.  

¿Qué dice la norma en este caso? 

viernes, 23 de marzo de 2018

Empresa en funcionamiento 3: Opinión modificada por falta de revelación en memoria



Estimado Lector,

En esta entrada vamos a analizar el caso que te dejo marcado en naranja en el esquema que tienes junto a esta entrada.

Supuestos de hecho 

a) La dirección de la entidad ha realizado la valoración sobre la capacidad de la misma para continuar como empresa en funcionamiento. 
b) La dirección de la entidad ha concluido que existe una incertidumbre material sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, pero a pesar de ello ha decidido aplicar el principio. 
c) Las cuentas anuales formuladas por los administradores formuladas por los administradores bajo el principio de empresa en funcionamiento no contienen toda la información requerida por el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación.
d) El auditor ha obtenido evidencia suficiente y audecuada y considera que es adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento por parte de la entidad.

¿Qué dice la norma en este caso? 

martes, 20 de marzo de 2018

Empresa en funcionamiento 2: Opinión favorable e Incertidumbre sobre aplicación del principio de empresa en funcionamiento




Estimado Lector,

El esquema que te dejo arriba es el que vamos a ir utilizando en diversas entradas donde iremos viendo la distinta casuística que puedes encontrar en la NIA-ES 570 (Revisada), el caso que vemos ahora es el que te he marcado en naranja. 

Supuestos de hecho

a) La dirección de la entidad ha realizado la valoración sobre la capacidad de la misma para continuar como empresa en funcionamiento. 
b) La dirección de la entidad ha concluido que existe una incertidumbre material sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, pero a pesar de ello ha decidido aplicar el principio de empresa en funcionamiento en la formulación de los estados financieros.
c) Los estados financieros formulados por los administradores de la entidad formuladas bajo el principio de empresa en funcionamiento contiene toda la información requerida por el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación. 
d) El auditor ha obtenido evidencia suficiente y audecuada y considera que es adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento por parte de la entidad. 

¿Qué dice la norma en este caso?

sábado, 17 de marzo de 2018

Empresa en Funcionamiento 1: ¿Quíen es responsable de la aplicación del principio?

Estimado Lector,

Antes de la última convocatoria del examen de acceso al ROAC, publiqué un vídeo sobre distintos aspectos de la NIA-ES 570 (revisada) (Ver AQUÍ), en ese sentido vamos a hacer un trabajo parecido, pero un poco más detallado en varias entradas, donde vamos a ir explicando mediante resúmenes y esquemas distintos aspectos de la norma.

Lo primero que tenemos que decir es que la valoración sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento la toma la dirección de la entidad auditada. 

El auditor lo que hará posteriormente será obtener evidencia suficiente y adecuada sobre esa valoración realizada por la entidad, en un segundo paso comprobar la adecuada revelación en los estados financieros y dar traslado según las NIA-ES de su conclusión al informe.

miércoles, 7 de marzo de 2018

Normas Técnicas de Auditoría y Legislación Auditoría

Estimado Lector,

Acontinuación te incluyo el listado de Normas Técnicas de Auditoría que creo que pueden ser de utilidad para aspirantes al examen de acceso al ROAC. Como siempre si crees que podemos completar este listado los comentarios son todo tuyos.

Actualización 1/11/20: Muevo la ley de auditoría y el resto de legislación de auditoría aquí. 

Actualización 7.12.2023: Incluyo este enlace a un tema bastante tratado como son los límites de la obligación de realizar la auditoría de cuentas.

Ley de Auditoría y Reglamento

2. Ley de Auditoría de Cuentas  (Enlace BOE) (OJO referencia 71)
69. Reglamento de Auditoría de cuentas Vigente  (Enlace BOE) (OJO referencia 71)
6. Reglamento (UE) 537/2014  (corrección de errores RUE) (Propuesta modificación)
 
Actualización 14.02.2024 (mail ICJCE): Modificaciones introducidas por la Directiva (UE)2022/2464 al RUE:

 • En el artículo 4, apartado 2 del RUE, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «A los efectos de los límites especificados en el párrafo primero del presente apartado, quedarán excluidos la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad y los servicios ajenos a la auditoría distintos de los contemplados en el artículo 5, apartado 1, exigidos por la legislación de la Unión o nacional.».
 • El artículo 5 del RUE se modifica como sigue:
 ◦ en el apartado 1, párrafo segundo, la letra c) se sustituye por el texto siguiente: «
c) los servicios de contabilidad y preparación de los registros contables y los estados financieros, así como la preparación de la información sobre sostenibilidad
 ◦ en el apartado 4, después del párrafo primero, se inserta el párrafo siguiente: «
La autorización del comité de auditoría a que se refiere el párrafo primero no será necesaria para la prestación de la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad.».

Dichas modificaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2024 y son aplicables a los ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2024 o en una fecha posterior. 
 
Las referencias 6. y 7. han sido modificadas con la publicación de la Directiva de información corporativa en materia de sostenibilidad CSRD (pendiente de transposición) referencia 43 del enlace.
14. Nota del ICAC sobre CEAOB duración encargos (enlace dropbox)
15. Guía CEAOB sobre duración encargos (enlace dropbox 28.11.19) (enlace CEAOB)
16. Nota del ICAC sobre CEAOB participación en EE.FF. (enlace dropbox)
17. Guía CEAOB sobre duración encargos (enlace dropbox 28.11.19) (enlace CEAOB)
70. Sobre materialidad de auditoría y otros (nota de prensa) e (infografía) (30.06.2022)
75. Dos programas de trabajo en el ámbito de las tecnologías de información para los supervisores nacionales: seguridad de la información y auditoría de tecnologías de la información (ICAC linkedin).

  • El mercado de auditoría permaneció muy concentrado.
  • Nuevos desafíos para los próximos años, incluidos los desarrollos tecnológicos y CSRD
  • Las empresas de auditoría obtuvieron el 67% de sus ingresos de servicios distintos de la auditoría.
  • El papel de los comités de auditoría, los reguladores locales y COESA es importante para salvaguardar la independencia del auditor y la calidad de la auditoría

Resoluciones del año 2013

Normas Internaciones de Auditoría adaptadas por el ICAC para su aplicación en España

jueves, 1 de marzo de 2018

Normativa mercantil para la auditoría y libros


Estimado Lector,

Hoy traigo un resumen de la normativa en materia de mercantil para el examen ROAC y REC, así como algunos libros, si crees que debería haber añadido algo más los comentarios son todos tuyos.

Actualización 1/11/20: Muevo la ley de auditoría de cuentas y el reglamento a la entrada sobre normas técnicas de audiotría.

Normativa

1.- Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Enlace BOE)
3.- Código de Comercio  (Enlace BOE)
4.- Reglamento del Registro Mercantil(Enlace BOE)
8.- Ley del Mercado de Valores (Enlace BOE)
9.-  Ley Concursal (Enlace BOE)
11.- Código de Comercio y legislación complementaria (14.01.19)
17.- Ley de Modificaciones Estructurales  (Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles) (referencia interna 1.1.2.19 artículo anteproyecto de ley de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles - autora Estíblaiz Colina Cárcamo)

Artículo Consecuencias del establecimiento de un euro como capital mínimo de las sociedades de responsabilidad limitada (Miguel Angel Villacorta) (Referencia interna 1.1.2.21)

 
 
 


Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar
Preparador para el examen ROAC y REC