Estimado Lector,
Imaginemos que Al Capone tiene un negocio y pongamos que es un negocio legítimo, ha decidido montar una sociedad limitada donde su mano derecha consta como administrador de la sociedad y él como único accionista, directamente o indirectamente.
Supongamos que estas relaciones las tenemos claras, es decir sabemos que detrás esta Al Capone y que el administrador es su mano derecha, un presunto sicario reconvertido en administrador ¿podemos aceptar el encargo? ¿podemos emitir una opinión favorable?
Más allá de la broma (o no tan broma) de que obviamente nadie emitiría una opinión modificada si sabe que una banda del crimen organizado tomará represalias (yo el primero), centrémonos en la norma y veamos varios puntos.
Punto 1: ¿podemos acepar el encargo?
Esto, como he dicho en otra ocasión es una cuestión que depende de la política de aceptación de la firma, y como evalúe su riesgo, pero no puedes contratar una auditoría si sabes que vas a denegar y como veremos más adelante, aquí ya sabes que vas a denegar.
Punto 2: Pero entonces ¿quien audita esta sociedad? ¿no se audita?
Esta es una pregunta que es muy recurrente y que yo no entiendo bien ¿por qué es nuestro problema que una sociedad no sea auditadle? ¿que tiene de loable auditar una sociedad que no debe ser auditadla?
Punto 3: ¿por qué crees que vas a tener que denegar opinión?
R20 de la NIA-ES 580 "El auditor denegará la opinión sobre los estados financieros, de conformidad con la NIA 705 (revisada), cuando: a) concluya que existen suficientes dudas sobre la integridad de la direccion como para que las manifestaciones escritas requieras por los apartados 10 y 11 no sean fiables; o (..)"
Es cierto que puede ser discutible cuando "existen suficientes dudas sobre la integridad de la direccion", pero la auditoría requiere un entorno de control y una dirección que no sólo no colabora para que haya incorrecciones materiales, tiene que estar 100% claro que tratan activamente de evitarlas. Si hay dudas sobre la integridad de la direccion, nunca vas a poder tener claro este último punto.
La norma no toma por tontos a los usuarios de la información financiera, algunas personas en la profesión si lo hacen.
Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar Jara.
Preparador para el examen ROAC.
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