Estimado Lector,
A finales de 2022 se produjeron varias novedades en la ley de auditoría, la primera fué un cambio en la rotación externa de los auditores de cuentas, que actualizamos mediante una entrada reciente y otro tema fue la modificación de los apartado g) y h) del artículo 5 de la ley de auditoría, que actualizamos en nuestra página de estructura del informe de auditoría.
1. ¿Que dice literalmente la norma?
Modificación de los apartado g y h artículo 5 por ley 28/2022, de 21 de diciembre
g) Una declaración de si la entidad auditada estaba obligada a presentar, en el ejercicio previo al auditado, el informe relativo al impuesto de sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga al que se refiere la disposición adicional undécima de la presente ley.
En caso de que estuviera obligada, una declaración de que la entidad publicó el informe en el Registro Mercantil y en la página web correspondiente, de conformidad con lo previsto en la citada disposición
h) Fecha y firma de quien o quienes lo hubieran realizado. La fecha del informe de auditoría será aquella en que el auditor (...) y la sociedad de auditoría han completado los procedimientos de auditoría necesarios para formarse una opinión sobre las cuentas anuales.