miércoles, 30 de abril de 2025

Convocatoria Examen ROAC 2025


Estimado Lector,

El 29 de abril de 2024 el ICAC ha publicado el BOICAC 141 donde se contiene la Resolución de 24 de abril de 2025 del ICAC donde podemos ver el texto de la Convocatoria del examen ROAC.

Como ha comentado otro de los preparadores al ROAC, dentro del bloque II, la contabilidad tendrá una hora más, el examen ahora será de 3 horas. 

Realmente el examen no está convocado todavía, los plazos no empiezan a correr hasta que no se publica en el BOE, en esta misma entrada del blog iremos resumiendo todo lo que se vaya publicando como hemos hecho otros años (7 convocatorias y 13 años en la brecha, se dice pronto). 

Sirvan estos párrafos como anticipo de lo que viene.

CONVOCATORIA ROAC 2025

Hoy 19 de mayo de 2025 se ha publicado en el BOE la Convocatoria del examen de acceso al ROAC, ahora si empiezan a correr los plazos.

Actualización 25.05.2025

Plazo de presentación de solicitudes

Cuando publicaron el texto de 29 de abril de 2024, muchas personas me preguntaban si podían echar la documentación y yo les explicaba que el examen no estaba convocado, que los plazos no empezaban a correr hasta que no se publicaba la convocatoria en el BOE, sólo pretendía indicar que el examen no estaba convocado y que no había que preocuparse por los plazos. Concretamente como bien indica el tribunal en su comunicado el plazo para presentar la documentación comienza el día siguiente a su publicación en el BOE. Pido disculpas por la imprecisión.

El plazo comienza el día 20/05/2025 (inclusive) y llega hasta el 20/06/2025 (inclusive).

DOCUMENTOS DE CONSULTA

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (OPINIÓN DE IAJ)

ASPIRANTES QUE SE PRESENTAN POR PRIMERA VEZ (Base 3.2)

a) Copia del DNI o documento equivalente, en vigor. (Documento 1) (Base 3.3)
b) Impreso de solicitud 2025 totalmente cumplimentado. (Documento 2) (Base 3.1)
c) El justificante de haber satisfecho los derechos de examen a que se refiere la Base 3.5 (Documento 3)

Importe: 160,00 euros.  IBAN: "ES85 0049 1892 60 2513313801". Concepto: "nombre y apellidos del solicitante y la mención «EXAMEN ROAC 2025»

Documento 4: Título Universitario oficial * Base 3.4
 
* La Base 3.4.a) de convocatoria dice "Copia del título a que se refieren los apartados a) y b) de la base 2.2 de la presente convocatoria y, en su caso, certificado oficial de estudios con las materias cursadas y acreditación de que han sido superadas (Novedad 2025)."
 
Nota IAJ: Si hiciste un Grado Universitario y tu máster no es completo, tendrás que añadir a esto el certificado oficial de estudios.

Nota IAJ: ¿Es necesario una copia autentica? No es necesario, porque te están pidiendo "copia", pero la tienes en la carpeta ciudadana y tiene la misma validez que el original.

Documento 5: Certificado de Estudios (Si procede - procede si tienes un grado y máster que no comprende todos los módulos) (Base 3.4.a)

Documento 6: Resolución del ICAC (dispensa específica parcial por máster que no comprende todos los módulos) (Base 3.4.b)

Documento 7: Título del Máster ó título propio (Base 3.4.c)

Documento 8 (si procede): d) Certificado que acredite, en su caso, la realización del programa de formación teórica adicional relativo a las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES), en los términos a que se refiere la Resolución del ICAC de 22 de julio de 2014 (Base 3.4.d)


 Formación Práctica (ver serie sobre formación práctica en el BLOG)

Documento 9: Certificación expedida por el auditor

"e) Certificación expedida por auditor de cuentas o sociedad de auditoría autorizado en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con el modelo que se acompaña en el anexo I de la Resolución de 26 de julio de 2021, del ICAC sobre diversos aspectos relacionados con la acreditación e información del requisito de formación práctica exigido para acceder al Registro Oficial de Auditores de Cuentas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición derogatoria de dicha resolución que reconoce la vigencia de las certificaciones expedidas de acuerdo con la Resolución de 30 de marzo de 2016 del ICAC sobre diversos aspectos relacionados con la acreditación e información del requisito de formación práctica exigido para acceder al Registro Oficial de Auditores de Cuentas. El vínculo contractual deberá justificarse fehacientemente."

"A estos efectos, y según la disposición transitoria segunda del RLAC, la formación práctica adquirida antes del 1 de enero de 2015 podrá acreditarse conforme a lo dispuesto en el artículo 25.3 del derogado Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1988, de 12 de julio. La formación práctica adquirida entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de enero de 2021 podrá acreditarse conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio. La formación práctica adquirida con posterioridad a la fecha de entrada en vigor del RLAC de 31 de enero de 2021, lo será atendiendo a lo dispuesto en su artículo 28."

ASPIRANTES QUE YA FUERON ADMITIDOS EN ALGUNA CONVOCATORIA ANTERIOR (Base 3.2)
 
a) Copia del DNI o documento equivalente, en vigor. (Documento 1) (Base 3.3)
b) Impreso de solicitud 2025 totalmente cumplimentado. (Documento 2) (Base 3.1) - En este se indicará la convocatoria en la que quedó dispensada la FASE 1 del examen y si se aprobó alguno de los dos bloques de la FASE 2 en la convocatoria inmediatamente anterior.
c) El justificante de haber satisfecho los derechos de examen a que se refiere la Base 3.5. (Documento 3)

Importe: 160,00 euros.  IBAN: "ES85 0049 1892 60 2513313801". Concepto: "nombre y apellidos del solicitante y la mención «EXAMEN ROAC 2025»

d) Copia del título o del certificado del curso de actualización a NIA-ES, si esta materia no fue homologada por el ICAC en la formación teórica de acceso al ROAC realizada. (Documento 8

Novedad 2025: "La debida acreditación de los requisitos exigidos en la base 2.2 y 2.3 de esta convocatoria. No obstante, aquellos aspirantes que hubieran presentado esta acreditación en alguna de las dos convocatorias anteriores no estarán obligados a presentarla en esta convocatoria."

Novedad 2025: El plazo para publicar las listas de admitidos y excluidos, alegaciones y recursos pasa de un máximo de 3 meses a un máximo de 4 meses.

Recibe un cordial saludo.

Ignacio Aguilar

Preparador examen ROAC.

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