lunes, 4 de abril de 2022

Comunicado ICAC: Organización Interna de Auditores de Cuentas

Fuente: Documento "Comunicado de expectativas supervisoras sobre la entrada en vigor de las disposiciones del Reglamento de Auditoría de Cuentas sobre organización interna de los auditores de cuentas."
 
Estimado Lector,

El ICAC ha publicado un documento sobre la entrada en vigor de las disposiciones del Reglamento de Auditoría de cuentas sobre organización interna de los auditores de cuentas.

- Este documento en una primera parte, nos recuerda lo que ya vimos cuando publicaron la Resolución sometida a información pública y no añade nada que no hubiesemos visto en la mencionada entrada, más allá de organizar estas fechas en tres fases que representan en un cuadro explicativo a color.

Nota IAJ 1: Recordar que cuando la comunicación habla de la Disposición Final Segunda, esta se refiere al Reglamento de Auditoría publicado en 2021.

El ICAC presenta un cuadro clasificando estas fechas en tres etapas claramente diferenciadas

FASE 1:  hasta 1 de julio de 2022, en que las disposiciones de organización interna aplicables a auditores y sociedades de auditoría son las contempladas en la LAC. 

FASE 2: entre 1 de julio de 2022 y 31 de diciembre de 2022, en la que la organización interna de los auditores y sociedades de auditoría deberá ajustarse a lo dispuesto en la LAC y en el RLAC. 

FASE 3: A partir de 1 de enero de 2023, en la que la organización interna de los auditores de cuentas deberá cumplir con lo dispuesto en la LAC, el RLAC y las normas de control de calidad interno anteriormente mencionadas (NIGC1 y 2 ES y NIA ES 220 Revisada).

- En una segunda parte realizan una serie de aclaraciones  sobre como el ICAC espera que se de cumplimiento a los mencionados requerimientos a partir del 1 de julio de 2022, tratando sólo los temas que considera más problematicos y excluyendo otros que considera importantes como el archivo y documentación del trabajo (artículo 69 del RAC 2021) y la estructura organizativa en relación con las auditorías de entidades de interés público (artículo 87 del RAC 2021).

Aspectos de la organización interna:

a) Procedicmientos administrativos y contables que permitan identificar y gestionar la información sobre las transacciones con impacto sobre la actividad de auditorías de cuentas y rendir información requerida al auditor.

b) Procedimientos de identificación, valoración y respuesta a los riesgos que puedan afectar a la actividad de auditoría de cuentas.

c) Políticas y procedimientos de control interno para conseguir auditorías de calidad mediante el cumplimiento de la normativa profesional que regula la actividad del auditor, junto con la emisión de informes de auditoría adecuados según las circuanstancias.

El ICAC recuerda el principio de proporcionalidad recogido en el artículo 68 del RLAC y advierte que no puede usarse como justificación para la ausencia u omisión total de los controles o respuesta mínima contemplada en la normativa.

Requerimientos más destacados a partir de 1 de julio de 2022:

Nota IAJ 2: El lector debe leer la comunciación completa esto es un resumen que resulta más o menos extenso según el criterio del que suscribe.

PRIMERO: La formalización por escrito de todos los elementos que forman parte de la organización interna de los auditores y sociedades de auditoría. Esta formalización afecta a cuestiones diferentes:

A) Aprobación de la estructura organizativa y asignación de responsabilidades (políticas acta del máximo organo de gobierno).

B) Aprobación de políticas y procedimientos de organización interna (procedimientos pueden ser aprobados por el organo que ostente un nivel de responsabilidad inferior o incluso por la persona que ostente la responsabilidad de dirigir una determinada actividad).

C) Asignación de responsabilidades del sistema de control/gestión de la calidad.
 
La responsabilidad debe recaer sobre un auditor de cuentas en situación de ejerciente con auditoridad e independencia suficiente para el ejercicio de sus funciones.

Nombramiento por el máximo organo de gobierno y en la medida de la dimensión y estructura del auditor o sociedad de auditoría, se debería evitar la subordinación de unos responsables a otros y la acumulación de distintas funciones que pueden entrar, por su naturaleza, en conflicto de interés.
 
Importancia significativa al elmento de seguimiento y corrección, las políticas y procedimientos deben incluir cueestiones como (art. 67.2.f) RLAC):
  • Experiencia y competencia necesaria del responsable de este elemento.
  • Realización de, al menos, una evaluación anual del sistema de control/gestión de calidad interno, de forma objetiva y libre de conflictos de interés, de acuerdo con criterios de riesgo e imprevisibilidad.
  •  El establecimiento de políticas y procedimientos relacionados con la evaluación continua, frecuencia mínima de las evaluaciones, criterios de selección de muestras y el tratamiento de las deficiencias detectadas, mediante el uso de medidas correctoras y su implementación efectiva.
D) Comunicación y organización interna. La organización interna debe garantizar el cumplimiento de las decisiones y procedimientos en el seno de la estructura funcional del auditor de cuentas y en todos los niveles de la sociedad de auditoría, y también garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en el funcionamiento y elaboración de informes de auditoría de cuentas po parte del auditor o la sociedad de auditoría.

La documentación debe en la cual se estructura la organización interna debe ser fácilmente accesible para todos los miembros de la organización, teniendo acceso cada integrante a las políticas y procedimientos. Difusión de la información sobre el sistema de organización interna.
 

SEGUNDO: La implementación de procedimientos administrativos y contables y procedimientos de identificación, valoración y respuesta a los riesgos significativos que afecten a la actividad de auditoría de cuentas, así como el sistema de control/gestión de calidad interno. 

A) Los procedimientos administrativos contables más novedosos. Como la conciliación con los datos de los modelos 02 y 03 remitidos al ICAC.

B) En lo que respecta a los procedimientos de identificación, valoración y respuestas a los riesgos significativos que afecten a la actividad de auditoría de cuentas, el RLAC proporciona el instrumento para permitir la implementación progresiva del enfoque de testión de riesgos que suponen las nuevas normas de gestión de calidad (NIGC1-ES y NIGC2-ES).

1 de julio de 2022 hasta 31 de diciembre de 2022 establecer: Objetivos de calidad, identificar riesgos y diseñar e implementar las respuestas.

TERCERO: Disponer de un código de conducta. Inclyendo los principios de ética definidos en el artículo 3 del RLAC y cumplimiento de los requerimientos de independencia. Formalizado por escrito, aprobado por el máximo organo de gobierno y conocido por todos los empleados. 

CUARTO: El revisor de control de calidad del encargo deberá ser un auditor en situación de ejerciente que no haya participado en la realización del trabajo de auditoría de cuentas objeto de revisión.

QUINTO: Disponer de documentación individualizada de la evaluación del rendimiento y las remuneraciones, con el detalle necesario para evidenciar los criterios utilizados y la correlación entre dicha evaluación y la remuneración. (Artículos 28.2 de la LAC y 678.2 RLAC)

SEXTO: Sometimiento de las actividades externalizadas al sistema de control/gestión de calidad interno, integrándolo dentro de este sistema. Los acuerdos de externalización en ningún caso podrán impedir las facultades de supervisión atribuidas al ICAC.

SÉPTIMO: Medidas de carácter organizativo y administrativo apropiadas para prevenir, detectar, resolver y registrar los incidentes que puedan tener consecuencias graves para la integridad de su actividad de auditoría de cuentas. (artículo 28.3 de la LAC).

Esto es el contenido de la comunicación, es una comunicación bastante teórica y entiendo que los manuales emitidos por corporaciones representativas (REA e ICJCE) entraran más al detalle con ejemplos que puedan servir de guía.

Recibe un cordial saludo.

Ignacio Aguilar.

Preparador examen ROAC.

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