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viernes, 18 de diciembre de 2020

¿Cómo usar la Guía de aplicación y los ejemplos de la norma?


Estimado Lector,

Ayer veíamos un breve estudio sobre la situación de los párrafos de énfasis volviendo a leer la introducción que hay en los ejemplos de los informes para preparar una clase de la NIA-ES 705 revisada me he dado cuenta que me he dejado una cosa, así que la añado en esta entrada y te doy una opinión de lo que vimos el último día.

Guía de aplicación (Resolución de enero 2013)

"En la “Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas” se proporciona una explicación más detallada de los distintos aspectos tratados en cada NIA y, en particular, se dan orientaciones que son relevantes para la adecuada aplicación práctica de los requerimientos recogidos y, en definitiva, para la comprensión y aplicación efectiva de la NIA."

Párrafo de introducción a los ejemplos

jueves, 17 de diciembre de 2020

¿Dónde ponemos el párrafo de énfasis?

 

 
Estimado Lector,

Me planteaba una compañera en clase, si no sería más lógico, cuando no se informa sobre ningún AMRA, que el párrafo de énfasis se situe antes de la sección "Cuestiones Clave de Auditoría" o "Aspectos más relevantes de la auditoría" y sinceramente, a priori parece lógico pero vamos a estudiarlo. 

¿Donde situamos el párrafo de énfasis? ¿Antes o después de la sección CCA/AMRA? ¿Y si no hay cuestiones clave de auditoría?

1. ¿Qué dice la normativa?

Te dejo lo que dice la norma en un Anexo normativo (R9, A16 y A17), pero en concreto el párrafo A16 de la NIA-ES 706 revisada dice que cuando se presente una sección de CCA/AMRA se puede situar antes o después dependiendo del juicio profesional del auditor con respecto a la significatividad relativa de la información que se incluya en el párrafo de énfasis.

miércoles, 7 de octubre de 2020

¿Qué hacemos con los ejercicios de menos de 12 meses en el informe de auditoría?


Estimado Lector,

La fecha de cierre del ejercicio social a falta de disposición estatutaria en contra, se establece el 31 de diciembre de cada año (artículo 125 RRM), sin embargo, a veces se cambian los estatutos para establecer un cierre distinto y ahí te queda un ejercicio de menos de 12 meses. 

Recordemos que el mencionado artículo 125 RRM establece que, el ejericio social no puede ser en ningún caso superior a 12 meses, pero puede ser inferior. Y eso es lo que nos ha pasado en este caso.

En este caso había un cierre el 31/12/18 y se cambiaron los estatutos para que pasase a ser cada 31 de marzo. Por tanto el siguiente cierre quedó el 31/03/2019 y por tanto un ejercicio de 3 meses.

En esta entrada vamos a ver el Ejemplo de Castellana Properties SOCIMI, S.A. de los años 2018 y 2019.

Ejercicio 2018 (Ver CCAACC AQUÍ)

martes, 10 de abril de 2018

Cuestión Clave de Auditoría y Párrafo de énfasis sobre el mismo asunto

Estimado Lector,

En una entrada reciente nos preguntábamos ¿Puede informarse en un informe sobre una Cuestión Clave de Auditoría donde aplica la NIA-ES 701 y esta misma cuestión tratarla como párrafo de énfasis?  En esta entrada procuraremos dar una respuesta fundamentada en la norma. 

A) Mi conclusión (opinión personal) sobre los fundamentos que dejo en el punto B
  1. Parece lógico concluir que el mismo asunto no debería ser tratado simultáneamente como Cuestión Clave de Auditoría y como párrafo de énfasis (apartado 8b) NIA-ES 706 (Revisada)).
  2. Cuando es aplicable la NIA-ES 701 un párrafo de énfasis no sustituye la descripción individualizada en una Cuestión Clave de Auditoría (apartado A1 guía aplicación NIA-ES 706 (Revisada)).
  3. Si una Cuestión Clave de auditoría se considera de tal importancia que es fundamental para que los usuarios de la información financiera entiendan las cuentas anuales, puede destacarse con respecto a las otras poniéndola por ejemplo la primera dentro de la sección de Cuestiones Clave de Auditoría, o incluyendo información adicional en la descripción para señalar su importancia. (apartado A2 guía aplicación NIA-ES 706 (Revisada)).
B) Fundamentos de derecho 

jueves, 15 de junio de 2017

Opinión Denegada que incluye salvedades por incorrección material

Estimado Lector,

No estoy en las mejores condiciones (siendo suave), pero me han escrito varios compañeros con este tema que al parecer está circulando por redes sociales y en cierta manera no me ha quedado más remedio que publicar algo.

Opinión Denegada que incluye salvedades por incorrección material

1.- ¿Que hacemos con la sección de Fundamento de la Denegación de Opinión?

Si hemos dicho que no hemos podido obtener evidencia suficiente y adecuada, es decir, que vamos a hacer una opinión denegada, en la sección de Fundamento de la denegación de opinión habría que indicar las limitaciones al alcance lo primero y luego las incorrecciones materiales. Yo no numeraría ninguna de las salvedades de esta sección.

2.- ¿Por qué lo hacemos así?