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viernes, 7 de julio de 2023

Subvenciones y periodo medio de pago a proveddores


Estimado Lector,

Actualización 1.08.2023: Mejora en la redacción y añadido de texto en cursiva de la norma.

Durante el 2022 me llegaron consultas sobre el tema de el cálculo del periodo medio de pago a proveedores que la verdad me sirvió para leerme la ley y ver un poco el tema, pero no tengo una entrada en el blog resumen de estos temas que tiene su importancia. En esta entrada, no aporto nada, simplemente me dedico a hacer un compendio que sirva de consulta, para mi mismo y para quien lo quiera consultar.

En el blog es un tema que hemos visto en el año 2010 y cuando salió la Resolución para el cálculo del periodo medio de pago a proveedores en el año 2016

El profesor Labatut hizo un caso de cálculo del periodo medio de pago a provedores para Experto Contable, donde entre otras cosas repasa toda la normativa y los cambios que se han producido. Entre otros se destacaba:

viernes, 5 de febrero de 2016

Resoución del ICAC periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales



Estimado Lector,

Se ha publicado la Resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales. (BOE 4 febrero 2016)

Ya en la entrevista que realizó KPMG a la Presidenta del ICAC y a la que dimos difusión en el blog, la señora Presidenta nos adelantaba que había una Resolución sobre periodo medio de pago a Proveedores que estaba pendiente de informe del consejo de estado, al ser el desarrollo directo de una ley, por tanto ya estabamos advertidos de que esto estaba en camino.

Para la realización de esta entrada además de la propia Resolución, me ha sido de gran utilidad la Comunicación número 66 del DepartamentoTécnico del REA, al que desde aquí doy la enhorabuena, por la excelente y rapidísima respuesta, que nos ha dado a todos los auditores que formamos parte de la Corporación.

 1.- Entrada en vigor (Disponsición final única)

"La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015."