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lunes, 10 de agosto de 2026

artículo 3.13 de la LAC 2015 ¿Es el examen ROAC el lugar para resolver cuestiones de jerarquía normativa?


Estimado Lector,

Familiares con vínculos estrechos de la persona afectada por la causa de incompatibilidad (artículo 3.13 de la LAC 2015)

Los cónyuges o quienes mantengan análoga relación de afectividad, quienes tengan vínculos de consanguinidad en primer grado descendente y quienes, con independencia del grado, tengan vínculos de consanguinidad y vivan en su hogar durante un período mínimo de un año.

Cuando se publico la LAC 2015, las corporaciones representativas de auditores consideraban que no había sido una ley consensuada

Cuestiones como la incluida en el literal que abre este artículo, donde a un sobrino que vive en casa de su tio durante un año o más, se le extienden prohibiciones por circunstancias personales, por ejemplo, ser administrador y otras establecidas en la ley, se consideraban excesivas.

En 2015 el ICJCE indico en una publicación de su web lo siguiente: "Por eso el ICJCE continuará esforzándose para que el nuevo Reglamento de auditoría reduzca la inseguridad jurídica y los problemas técnicos de la nueva ley. En este sentido, desde el Instituto se va seguir insistiendo en la necesidad de volver al consenso y de que las voces de los miles de auditores que trabajan en España sean escuchadas y respetadas."

domingo, 5 de febrero de 2023

Modificación apartados g) y h) del artículo 5 de la Ley de auditoría


Estimado Lector,

A finales de 2022 se produjeron varias novedades en la ley de auditoría, la primera fué un cambio en la rotación externa de los auditores de cuentas, que actualizamos mediante una entrada reciente y otro tema fue la modificación de los apartado g) y h) del artículo 5 de la ley de auditoría, que actualizamos en nuestra página de estructura del informe de auditoría.

1. ¿Que dice literalmente la norma?

Modificación de los apartado g y h artículo 5 por ley 28/2022, de 21 de diciembre 


g) Una declaración de si la entidad auditada estaba obligada a presentar, en el ejercicio previo al auditado, el informe relativo al impuesto de sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga al que se refiere la disposición adicional undécima de la presente ley

En caso de que estuviera obligada, una declaración de que la entidad publicó el informe en el Registro Mercantil y en la página web correspondiente, de conformidad con lo previsto en la citada disposición

h) Fecha y firma de quien o quienes lo hubieran realizado. La fecha del informe de auditoría será aquella en que el auditor (...) y la sociedad de auditoría han completado los procedimientos de auditoría necesarios para formarse una opinión sobre las cuentas anuales.

martes, 27 de diciembre de 2022

Cambios en la Ley de Auditoría a partir de 1/1/2023

 



Estimado Lector,

A partir del 1/1/2023 entrará en vigor un cambio en el artículo 40 de la Ley de auditoría a través de Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

El artículo como indicamos ahora en la entrada sobre Normas Técnicas de Auditoría, quedaría redactado como sigue:

«Artículo 40. Contratación, rotación y designación de auditores de cuentas o sociedades de auditoría.

jueves, 9 de diciembre de 2021

miércoles, 8 de diciembre de 2021

¿Cuando rota el auditor sucesor en EIP? artículo 83 del RAC 2021


Estimado Lector,

El artículo 83 del RAC 2021 ha sido un poco difícil de entender, te dejo el literal y vamos a ponerlo en relación con el caso que vimos recientemente de Técnicas Reunidas:

"1. En el caso de que haya finalizado el período total de contratación máximo de diez años de un auditor de cuentas, la contratación conjunta de dicho auditor de cuentas con otro auditor de cuentas en el período adicional a que se refiere el artículo 40.1 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, podrá ir de uno hasta cuatro años, con las prórrogas correspondientes hasta completar en su caso dicho período adicional, sin que resulte de aplicación al nuevo auditor nombrado el plazo mínimo de tres años previsto en el artículo 40.1 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, con carácter general para la contratación inicial de los auditores de cuentas.

2. Una vez finalizado el período adicional de contratación conjunta, el nuevo auditor de cuentas con el que se contrató de forma simultánea para actuar conjuntamente podrá ser contratado individualmente hasta completar el periodo de contratación máximo de diez años, incluidas prórrogas. Expirado el período máximo de contratación de diez años, dicho auditor de cuentas podrá ser contratado conjuntamente con otro auditor de cuentas por el periodo adicional de hasta cuatro años a que se refiere el apartado anterior."

viernes, 30 de abril de 2021

Artículo entrada en vigor del nuevo reglamento de auditoría

 

Estimado Lector,

En el mes de abril de 2021 la revista del REA-CGCE ha publicado un artículo realizado junto con la profesora Dra. Elisabeth Bustos Contell y el profesor Dr. Gregorio Labatut Serer sobre la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Auditoría.

La revista está disponible en la página del REA en este enlace.

Depósito legal M-32789-2013 

Referencia interna: 45.17

martes, 3 de diciembre de 2019

Fundamentos de derecho sobre el concepto de red para un caso NO EIP



Estimado Lector,

He estado repasando unos fundamentos de derecho sobre el concepto de Red que creo que pueden ser de utilidad junto con los casos contenidos en el punto 875 y siguientes y el punto 995 del Memento práctico de auditoría de Francis Lefebvre.

Aunque no use cursiva, para que se lea mejor porque en blogger la cursiva se hace muy pequeña, todo lo que a continuación se indica son textos literales de la ley de auditoría.

A continuación los fundamentos obtenidos de la Ley de Auditoría de Cuentas caso NO EIP

Introducción 

martes, 21 de julio de 2015

Publicada la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas

Estimado Lector,

Hoy se ha publicado  la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, una ley que trae varias novedades algunas como la de la amortización del Fondo de Comercio, ya comentadas por el profesor Doctor Labatut en una entrada reciente.

¿Esto entra en el examen de acceso al ROAC convocatoria 2015? 

De cara al examen de acceso al ROAC,  yo entiendo que no debería tener impacto puesto que es una norma que no estaba vigente a la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes de admisión a examen, es decir, es una norma posterior al 4 de julio de 2015, aunque nunca está demás darle una lectura para ver lo que nos viene, a continuación reproducimos la Disposición final Decimo Cuarta sobre su entrada en vigor:

sábado, 7 de febrero de 2015

¿Que empresas deben tener una comisión de auditoría?



Estimado Lector,

Esta entrada ha sido actualizada el 19.04.2023, puedes ver la entrada original en este enlace, en febrero 2015 anticipábamos lo que ahora decimos y que puede leerse en el último párrafo.

La obligación está en la Disposición adicional tercera de la ley de auditoría decuentas y tienen obligación de tener comisión de auditoría, básicamente, las Entidades de interés Público, en el ámbito de los mercados de valores esto comprendería: 

  • Las sociedades cotizadas en mercados oficiales, Bolsa Española (Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao) integradas en el SIBE. De BME Growth las que antes estaban en el segmento de empresas en expansión, es decir, excluye SOCIMIS y no quedan recogidos emisores admitidos en otros sistema multilateral de negociación (SMN).
  • Las entidades de Crédito o aseguradoras que estén dentro del ámbito de supervisión y control atribuido a la CNMV.
  • Las Empresas de Servicios de inversión e IIC que superen determinados límites.
  • Cualquier sociedad, cotizada o no, que supere estos límites: i) cifra negocio superior a 2.000.000.000 € y ii) más de 4.000 empleados.  Para quedar capturado en este supuesto, se deben superar estos límites 2 ejercicios consecutivos, entras en el segundo y sales en el segundo. 

Actualización 2024 de la Guía sobre comisiones de auditoría CNMV

Actualización 10.09.2024: Artículo nueva definición de EIP de IESBA - ICAC (referencia interna 1.1.3.159)


Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

jueves, 30 de octubre de 2014

Directiva, Reglamento y anteproyecto de ley


Estimado Lector,

Contábamos en una entrada del mes de junio la publicación de una nueva Directiva europea de auditoría y un nuevo Reglamento europeo.  En este sentido habría que distinguir dos cosas:

1.- El Reglamento europeo, este es ley y nos va a aplicar directamente a partir de 2016 (con la excepción comentada en  en la entrada de junio), pero nos va a aplicar directamente, por tanto quizás no sea algo para la próxima convocatoria, pero estudiarse esto no es una perdida de tiempo.

2.- La Directiva, esta ya es otro tema, esta requiere la trasposición del estado miembro de la Unión Europea, en este caso España, y aquí ya empiezan los líos, esta yo no me la estudiaba todavía.

3.- Se ha publicado un borrador de anteproyecto de ley de auditoría de cuentas, que ha sido muy polémico por diversos motivos, pero en lo que a tí te interesa si preparas el ROAC, se ha publicado que el Ministerio de Economía ha decidido posponer la ley hasta 2016. Y por otro lado el ICAC ha publicado hoy en la página web lo siguiente:

domingo, 30 de octubre de 2011

Aprobado el Nuevo Reglamento de Auditoría de Cuentas

Estimado Lector,

Es casi obligatorio entre los blogs de economía hacer mención a la nota publicada por el Ministerio de Economía y Hacienda donde se explica la aprobación mediante Real Decreto del "Reglamento que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas".

lunes, 4 de julio de 2011

Texto refundido Ley de Auditoría de Cuentas

Estimado Lector,

Ya algunas corporaciones habían sacado un modelo de texto refundido de la ley de auditoría para que los profesionales tuviesen un documento sobre el que trabajar, posteriormente en marzo el ICAC publico un borrador que comentamos en Facebook y este sábado el BOE ha publicado el texto definitivo, mediante Real Decreto Legislativo 1/2011 de 1 de julio por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

jueves, 1 de julio de 2010

Se ha publicado en el BOE la nueva LAC


Estimado Lector,

Se ha publicado en el BOE la ley de auditoría de cuentas, con lo que ya está en vigor para las auditorías que empecemos a partir del 1 de julio de 2010, en lo referente a la modificación introducida en el artículo 105.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, que entrará en vigor transcurrido un año desde la publicación de esta Ley en el BOE. En el artículo 5 encontrareis el párrafo que da entrada a las Normas Internacionales de Auditoría que apruebe la Comisión Europea.

En el citado artículo 5 se precisa el sistema de fuentes jurídicas al que debe sujetarse la realización de la actividad de auditoría, constituido por los tres grupos de normas, objeto de regulación separada en la Directiva 2006/43/CE: las normas de auditoría, las normas de ética y las normas que regulan el sistema de control de calidad interno de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría. Para los dos últimos grupos de normas, contenidas en la actualidad en las vigentes normas técnicas de auditoría, se mantiene el mismo régimen competencial y procedimental de elaboración hasta ahora existente.

jueves, 17 de junio de 2010

Se aprueba la nueva Ley de Auditoría de Cuentas



Estimado Lector,

Hoy se aprueba la ley de auditoría de cuentas, que incluirá numerosas enimiendas que se han introducido en el tramite parlamentario y que por tanto sale muy mejorada con respecto a aquel borrador que comentamos en su momento cuando la ley iniciaba el camino de su aprobación.

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.

viernes, 7 de mayo de 2010

¿Cuando se aprube la nueva LAC, automaticamente entraran en vigor las NIAS?

Estimado Lector,

He recibido el siguiente correo:

"He leído su mensaje sobre las Normas Internacionales de Auditoría, el examen del ROAC y me parece interesante.

De todas forma, antes de meterme a estudiar a fondo las NIA me gustaría saber si ya han sido aprobadas por la Comisión Europea y por tanto, si una vez pasado el trámite parlamentario del Poryecto de Ley de Auditoría Española ya son efectivas.

Me parece que no han sido aprobadas dichas Normas por la Comisión Europea para ser aplicadas dentro de la Unión; creo que están estudiando cuáles van a ser exigibles dentro del ámbito comunitario y cuáles no. Opino que se puede retrasar un poco la efectividad de dichas normas.


No sé si estoy equivocado. En cualquie caso me gustaría recibir contestación."

Nota: Querria dejar desde esta entrada un link a la entrada donde comento la publicación en el BOE de la ley de auditoría de cuentas, que es posterior a todo lo aquí comentado.

Efectivamente, como comenta nuestro amigo lector sólo serían de aplicación las normas aprobadas por la Comisión Europea que a juicio de esta cumplan con los requisitos de:

1.- Publicación mediante un proceso riguroso.
2.- Que sea aceptada internacionalmente de forma amplia.
3.- Que contribuya a conseguir un alto nivel de credibilidad y calidad de los estados financieros consolidados.

Parece razonable esperar que las NIAs cumplan con los requisitos antes expuestos.

lunes, 19 de abril de 2010

Proyecto de la Ley de Auditoría de Cuentas

Estimado Lector,

La Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 6 de abril, con competencia legislativa plena, su dictamen sobre el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, para su adaptación a la normativa comunitaria. La Comisión aprobó el informe elaborado por la ponencia e incorporó algunas de las enmiendas planteadas por los grupos, sobre todo las relativas a la responsabilidad y la independencia del auditor, a las sanciones y a las Entidades de Interés Público.

A continuación adjunto una pequeña presentación donde analizo sobre el Proyecto de ley que se presento en octubre de 2009 las principales novedades que trae la reforma legislativa, mas allá de la la nota informativa del Consejo de Ministros:


Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.