Estimado Lector,
A lo mejor te encuentras perdido este año haciendo unas cuentas anuales consolidadas o individuales donde aplica la nueva norma sobre combinaciones de negocio, y te ves en la misma situación que nos vimos cuando nos tocó aplicar por primera vez el Plan General de Contabilidad en 2008. Espero que esta entrada te ayude a centrar conceptos de cara a la elaboración de estas primeras cuentas anuales tras la aprobación de las NOFCAC y la modificación del Plan General de Contabilidad.
La adopción por primera vez de las nuevas normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas (NOFCAC), que modifican el PGC, en el primer ejercicio de aplicación tiene temas a considerar que vienen precisamente de que se modifican los criterios contables utilizados para la formulación de cuentas anuales (individuales y/o consolidadas, según corresponda) en relación con el ejercicio anterior. En este sentido y para la primera aplicación cobran una importancia crucial el tenor literal de la Disposición Transitoria Segunda y la Disposición Transitoria Quinta del Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre.
Disposición Transitoria Segunda
