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lunes, 22 de julio de 2024

Práctica anterior a 1 de enero de 2015

  

Estimado Lector,

Esta entrada formaba parte de otra que hice sobre un tema de títulos universitarios, pero he decidido que como es un tema independiente tratarla de forma independiente. 

En cuanto al acceso por vía profesional, podría requerir la experiencia anterior al 1/1/2015, de este tema mi opinión, ya expresada en este blog es que la experiencia anterior al 1/1/2015 se considera completa aunque el máster sea posterior. Hay varios fundamentos que te dejo por aquí para justificar mi punto de vista:

a) Este tema fue consultado por el ICJCE en una consulta fechada el 22/04/2014 (número registro de entrada en el ICAC 001694) y se obtuvo una respuesta el 20/02/2015 (registro de salida del ICAC 000505). El contexto y la forma de la consulta, es importante, al menos para mí.

domingo, 21 de julio de 2024

Caso de extranjero que se presenta al ROAC



Estimado Lector,

Título extranjero con equivalencia de título de grado + Máster oficial no es valido en vía académica

En este blog tenemos una entrada sobre el acceso al examen ROAC para extranjeros, en esta entrada tenemos un caso, referenciado como Caso 1. Se trata de un caso que se produjo en 2023, donde un candidato, procedente de un país miembro de la UE, había obtenido la "equivalencia del título académico de Grado"y con esto más un curso homologado, pretendía presentarse por vía profesional. 

Esta candidata, consiguió su objetivo, se presentó por vía profesional al teórico y posteriormente al práctico obteniendo su número de ROAC.

lunes, 15 de agosto de 2022

Formación Práctica 3: Excel para el cálculo de las horas realizadas (Vía Académica)

Estimado Lector,

En los últimos días hemos publicado dos entradas, una sobre la normativa aplicable a la formación práctica y otra sobre la elaboración de los certificados. En esta entrada vamos a hacer un caso práctico con un excel que te dejo enlazado en la propia entrada. 
 
El excel que uso, como verás es muy sencillo, no necesistas más. Como digo tanto consutlas al ICJCE que me han remitido alumnos, como la página 211 del libro que comento en el vídeo me han ayudado a atreverme a publicar esto. Como siempre digo, someto lo aquí expuesto a cualquier otro criterio mejor fundado en derecho que el mío. Y si no estás deacuerdo, los comentarios son todo tuyos.