A partir de la introducción del del Proyecto de Real Decreto de adaptación a la NIIF-UE 9 (páginas 1 a la página 16), he realizado un resumen de los puntos que he considerado más relevantes, realmente esta introducción tiene una calidad excepcional y me ha resultado tremendamente útil, quiero dar las gracias a quien haya participado en elaborarla porque merece mucho la pena.
“…la correcta interpretación del contenido del nuevo Plan General de Contabilidad en ningún caso puede derivar en una aplicación directa de las NIIF-UE incorporadas en los Reglamentos europeos, ni su actualización o revisión posterior a reproducir de forma literal los numerosos cambios introducidos en la normativa internacional (más frecuentes de lo que sería deseable en beneficio de la seguridad jurídica). Y ello, sin perjuicio de que las NIIF-UE adoptadas deban configurarse como el referente obligado de toda futura disposición que se incorpore al Derecho Contable español.”
“…la decisión que se ha adoptado es no modificar los criterios de reconocimiento y valoración en materia de instrumentos financieros y reconocimiento de ingresos del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas empresas.”




