sábado, 23 de septiembre de 2017

¿Es correcto decir que todos los informes tienen que tener como mínimo una CCA o un AMRA?


Estimado Lector,

Toda la normativa la dejo como anexo al final del artículo para no hacer esta entrada infinita y que alguien que no dedique su vida al estudio pueda leerse esto en un tiempo razonable.

Quiero adelantarte que todos los artículos que he leido son correctos, lo que ya no es tan correcto es las conclusiones que han sacado las personas que se han leido esos artículos, por tanto, esto no es una crítica a nada de lo que hay publicado, es una aclaración para ayudar a las personas que no han entendido lo que han leido.

A) Algunas ideas previas 

La definición de lo que es una Cuestión Clave de Auditoría la tienes en el Requerimiento 9 de la norma 9a) (Aspecto más relevante de la auditoría) / 9a), b) y c) (Cuestiones Clave de la Auditoría).

Una salvedad (cuestión que da lugar a una opinión modificada) es por su propia naturaleza una cuestión clave de auditoría. Se informa en el párrafo de Fundamento de la opinión con salvedades/desfavorable/denegada.

Una incertidumbre material relacionada con hechos o condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, es por su propia naturaleza una cuestión clave de auditoría. Se informa en la sección de Incertidumbre material sobre el principio de empresa en funcionamiento.

En estos casos:

a)  se informará sobre la cuestión de conformidad con la NIA aplciable (NIA-ES 705 y la NIA-ES 570).
b) Se incluirá en la sección "Cuestiones clave de la auditoría" una referencia a la sección "Fundamento de la opinión con salvedades/desfavorable o denegada" o a la sección "Incertidumbre material relacionada con la Empresa en Funcionamiento".

Pongamos un ejemplo,

Si en un cliente tenemos 3 riesgos significativos, detectados en la planificación, a los que hemos estado dando respuestas con nuestras pruebas de auditoría y han sido temas que hemos comunicado a los encargados del gobierno de la entidad, pero de esos 3 riesgos 2 han acabado en una incorrección material y el otro no hemos podido obtener evidencia suficiente y adecuada, pues podríamos estar ante un caso donde hay 3 cuestiones clave, las 3 cuestiones clave estarían recogidas en la sección de “Fundamento de la opinión con salvedades” y no habría ninguna en la sección de “Cuestiones clave de auditoría”, aquí tendríamos que hacer referencia a la sección de Fundamento de la Opinión con salvedades, en aplicación de lo que se indica en el apartado A58 de la Guía de aplicación.

El caso de la opinión denegada es un caso aparte, te dejo aquí los dos ejemplos que hay en la norma (Ejemplo 1) y (Ejemplo 2). No dedicaremos tiempo aquí, a este caso particular, que tiene un tratamiento distinto en España que el que se recoge en la norma original de la IFAC.

RESUMIENDO

Una salvedad o una incertidumbre material de empresa en funcinoamiento son cuestiones clave por su propia naturaleza pero se informan en dos secciones distintas "Fundamento de la opinión con Salvedades" e "Incertidumbre material relacionada con Empresa en Funcionamiento".

B) ¿Qué secciones esta obligado el auditor a incluir en su informe y que contienen estas secciones?

En el artículo 5.1 de la LAC 2015 y en el artículo 10.2 del RUE, se establece la obligación de informar de "riesgos considerados más significativos de la existencia de incorrecciones materiales, incluidas las debidas a fraude, un resumen de las respuestas del auditor a dichos riesgo"  Lo que debe inferirse de esto, es lo que ha inferido el ICAC, es decir, que el informe tiene que tener la sección correspondiente de Aspectos más Relevantes de la auditoría ó la sección de cuestiones clave, siempre, no puede haber excepciones como la que existe para la opinión denegada en la norma original de la IFAC.

Como se indica en la NIA-ES 701, esta sección puede tener una referencia al párrafo de Fundamento de la opinión con salvedades/desfavorable/denegada porque todas las cuestiones clave se hayan culminado en una o varias salvedades en el informe y por tanto están ahí. Tambien puede haber una referencia a la cuestión clave en la sección de Incertidumbre material sore empresa en funcionamiento (Ver párrafo A58 de la Guía de aplicación de la NIA-ES 701).

RESUMIENDO

a) Todos los informes tienen que tener sección de Cuestiones clave de auditoría o Aspectos más relantes.

b) NO todos los informes tienen que tener en la sección Cuestiones clave de auditoría o Aspectos más relevantes de la auditoría descritas cuestiones clave o aspectos más relevantes, estas pueden haberse materializado en salvedades o en incertidumbre sobre empresa en funcionamietno y por tanto lo que se incluye es una referencia a las secciones correspondientes del informe.

Para compañías cotizadas, como la opinión suele ser limpia conviene considerar lo que a continuación vamos a exponer, referido al párrafo A59 de la Guía de aplicación de la NIA-ES 701, en este contexto si que suelen a acabar en la sección Cuestiones Clave de Auditoría.

C) ¿Qué es lo que se dice en el apartado A59 de la NIA-ES 701?

Vamos a ver, primero hay que poner en cotexto la guía de aplicación, como explico en el anexo, la guía de aplicación son orientaciones para la aplicación de la norma, lo que se debe cumplir obligatoriamente son los requerimientos.

En la NIA original publicada por la IFAC, las cuestiones clave se pensaron para compañías cotizadas, es decir, el que ha escrito el párrafo A59 de la NIA-ES 701 está dando orientación pensando en compañías que suelen tener una opinión "limpia". En este contexto las cuestiones clave de auditoría suelen acabar todas en la sección propia de Cuestiones clave de auditoría. 

En un artículo publicado recientemente en AECA por los profesores Manuel Orta Perez, Laura Sierra y Nicolas Gambeta (Ver AQUÍ) se destaca que en el FTSE 100 el promedio de cuestiones claves en los informes es de aproximadamente 4.

En este contexto y para el caso español yo interpretaría de una manera más amplia lo que ahí se dice. Lo haría de esta manera:

En los negocios, por la propia naturaleza de lo que es un negocio existen riesgos, los auditores, revisamos el proceso de la sociedad para identificar estos riesgos y los “recopilamos” durante nuestra planificación, luego procuramos darles respuesta con nuestra auditoría. Lógicamente estos son los temas que tratamos con los órganos de gobierno de la entidad. Y en general constituyen lo que la NIA-ES 701 denomina cuestiones clave de auditoría.

RESUMIENDO

a) Es raro un negocio donde no haya riesgos a los que hayamos dedicado esfuerzos en la auditoría y que hayamos tenido que comentar con los órganos de gobierno de la entidad, yo en mis años de ejercicio no tuve nunca un cliente que fuese así de fácil. En todos había riesgos en la matriz, en todos hicimos pruebas para cubrirlos y lógicamente hubo que tratar estos temas durante la auditoría, con los órganos de gobierno de la entidad.

Esto puede traducirse como que es poco frecuente un negocio en el que no haya alguna Cuestión clave de auditoría o un Aspecto más relevante de la auditoría.  En mi opinión en este cotexto, esta conclusión es correcta.

OJO ahí no dice imposible, se dice poco frecuente y no es una norma imperativa, es una orientación, una orientación sensata y muy a tener en cuenta sobre todo para los que os presentais al examen ROAC.

b) Sin embargo, para el caso de los aspectos más relevantes de la auditoría, hay que explicarlo bien, porque no tiene porque ser poco frecuente que los aspectos más relevantes de auditoría, se hayan materializado en salvedades o incertidumbre material de empresa en funcionamiento y por tanto en la sección de Aspectos más relevantes de la auditoría lo que hagamos sea referirnos a la sección de salvedades y a la sección de incertidumbre sobre empresa en funcionamiento.

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.
Preparador Examen ROAC.

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ANEXO CON LA NORMATIVA UTILIZADA

Requerimiento 9 de la NIA-ES 701

El auditor determinará, entre las cuestiones comunicadas a los responsables del gobierno de la entidad aquellas que hayan requerido atención significativa del auditor al realizar la auditoría. Para su determinación, el auditor tendrá en cuenta lo siguiente: 

(a) Las áreas de mayor riesgo valorado de incorrección material, o los riesgos significativos identificados de conformidad con la NIA 315 (Revisada).

 (b) Los juicios significativos del auditor en relación con las áreas de los estados financieros que han requerido juicios significativos de la dirección, incluyendo las estimaciones contables para las que se ha identificado un grado elevado de incertidumbre en la estimación.

(c) El efecto en la auditoría de hechos o transacciones significativos que han tenido lugar durante el periodo.

¿Qué es la guía de aplicación de las NIA-ES? 

En la “Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas” se proporciona una explicación más detallada de los distintos aspectos tratados en cada NIA y, en particular se dan orientaciones que son relevantes para la adecuada aplicación práctica de los requerimientos recogidos y, en definitiva, para la necesaria comprensión y facilitar la aplicación efectiva de la NIA. 

Son los “Requerimientos” que se establecen en las NIA los que deben cumplirse obligatoriamente por parte del auditor. 

El apartado A 58 de la NIA-ES 701 da un ejemplo de redacción en el informe de auditoría si el auditor ha determinado que no existen cuestiones clave de la auditoría que se deban comunicar: 

Cuestiones clave de la auditoría

[Excepto por la cuestión descrita en la sección Fundamento de la opinión con salvedades o de la opinión desfavorable (adversa) o en la sección Incertidumbre material relacionada con la Empresa en funcionamiento]. Hemos determinado que no existen [otras] cuestiones clave de la auditoría que se deban comunicar en nuestro informe. 

Aspectos más relevantes de la auditoría

[Excepto por la cuestión descrita en la sección Fundamento de la opinión con salvedades o de la opinión desfavorable o de la opinión denegada o en la sección Incertidumbre material relacionada con la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento]. Hemos determinado que no existen [otros] riesgos más significativos considerados en la auditoría que se deban comunicar en nuestro informe. 

En el apartado A59 de la NIA-ES 701 se dice:

La determinación de cuestiones clave de la auditoría implica emitir un juicio sobre la importancia relativa de las cuestiones que han requerido atención significativa del auditor. En consecuencia, puede resultar poco frecuente que el auditor de un conjunto completo de estados financieros con fines generales de una entidad cotizada no considere que por lo menos una de las cuestiones comunicadas a los responsables del gobierno de la entidad sea una cuestión clave de la auditoría que se deba comunicar en el informe de auditoría. Sin embargo, en algunas circunstancias concretas (por ejemplo, en el caso de una entidad cotizada con un número muy reducido de operaciones), es posible que el auditor determine que no existen cuestiones clave de la auditoría de conformidad con el apartado 10 porque no existen cuestiones que hayan requerido atención significativa del auditor. 

El artículo 5.1.c de la LAC 2015 dice en relación con el contenido del informe:

"Asimismo, se describirán los riesgos considerados más significativos de la existencia de incorrecciones materiales, incluidas las debidas a fraude, un resumen de las respuestas del auditor a dichos riesgos y, en su caso, de las observaciones esenciales derivadas de los mencionados riesgos."

El artículo 10.2.c del RUE dice en relación con el contenido del informe:

"Aportar, en apoyo del dictamen de auditoría: 

i) una descripción de los riesgos considerados más significativos de que existan incorrecciones materiales, incluidos los riesgos evaluados de incorrecciones materiales debidas a fraude, 

ii) un resumen de la respuesta del auditor a dichos riesgos, y 

iii) en su caso, observaciones esenciales derivadas de dichos riesgos.  Cuando sea pertinente para esa información recogida en el informe de auditoría en relación con cada riesgo evaluado de incorrección material, el informe de auditoría incluirá una referencia clara a las informaciones importantes reco­ gidas en los estados financieros"

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