viernes, 12 de mayo de 2023

Convocatoria Examen ROAC 2023

 

Estimado Lector,

Que no "punda el cunico", se ha publicado la Convocatoria al examen ROAC 2023 (ver enlace al BOE) (Ver enlace al anuncio en Linkedin, Imagen). Y ahora ¿Qué hago?

1.- El ICJCE hizo un vídeo de 2 minutos para la convocatoria de 2021 que contiene algunas cuestiones básicas que yo creo recomendable recordar (Ver AQUÍ).

2.- Ahora lee con cuidado la convocatoria, que es lo que voy a hacer yo ahora y anota todas las dudas que surjan para consultarlas con la corporación. En la página del ICJCE tienen una página específica de preguntas y respuestas, ahora mismo está la de 2021 pero me imagino que en breve colgarán la de 2023.

3.- A medida que vaya leyendo y sacando conclusiones iré poniendo por aquí todas las conclusiones, fecha límite de presentación de documentación, novedades de esta convocatoria, actualizaciones, notas del tribunal, etc...

Actualización 13.05.2023:

4.- Novedades:

Las novedades de la convocatoria son básicamente las que ya fuimos anunicando en el blog y que puedes consultar en una entrada de marzo 2023:

- El examen será en 2 bloques, uno primero de 4 horas y un segundo de 2 horas con un contenido diferenciado explicado en la convocatoria.

- Necesitas aprobar los dos para pasar el examen pero quien apruebe uno se lo guardarán para la siguiente convocatoria siempre que esa parte sea analoga a la que se haga en esa futura convocatoria.

En este sentido y aunque no es algo que se diga en la convocatoria, sabemos que lo más probable es que haya una convocatoria en 2024, yo diría que al menos para 2024 deberían guardarla, pero esto es una hipótesis personal.

5.- El REA ha publicado una guía explicativa (enlace actualizado 15/05/2023)que personalmente me parece bastante ilustrativa, así como una página con la información de esta y anteriores convocatorias.

6.- ¿Qué es lo importante de ahora que se ha publicado la convocatoria hasta el día 13/06/2023 que es el último día para presentar la documentación?

Lo primero y más importante es hacer bien todo lo que tiene que ver con nuestra solicitud para ser admitidos a examen. Por tanto el apartado que más nos importa ahora mismo es el apartado 3 y las instrucciones para rellenar el modelo.

Actualización 23.05.2023, hemos mejorado la descripción de la documentación e indicado el DNI en admitidos en anteriores convocatorias:

Como el que paga descansa y el que cobra más, lo primero pagar y guardar el recibo de pago, son 160 euros que deben ingresarse en la cuenta IBAN: ES85 0049 1892 60 2513313801, poniendo en el concepto de la transferencia "Nombre Apellidos Examen ROAC 2023".

Si fuimos admitidos a anteriores convocatorias, sólo estamos obligados a presentar el solicitud de admisión, justificante de haber satisfecho los derechos (resguardo transferencia) y en mi opinión también copia del DNI, aunque no lo indican ninguna de las corporaciones. (apartado 3.1
 
Nota IAJ: El ICJCE indica en su página de consulta que también tienes que incluir el título de haber superado el curso de NIA-ES, si procede en tu caso porque tu master o título propio era anterior a la Resolución de 12 de junio de 2022 del ICAC. El texto del ICJCE dice:

"Ya me presenté en convocatorias anteriores, y no aprobé el examen práctico. ¿Tengo que presentar documentación de nuevo?

Si te has presentado en alguna de las dos convocatorias anteriores no es necesario que presentes de nuevo documentación, salvo la copia del título o certificado de haber realizado lo cursos de forma teórica adicional (NIA-ES), si fuera tu caso, solicitud de admisión y copia del justificante de haber abonado los derechos de la convocatoria.
"
 
Aunque el apartado 3.3 dice:
 
"No obstante, no estarán obligados a presentar la documentación a que se refieren las bases 3.3 y 3.4 de la presente convocatoria, aquellos candidatos que hubieran sido admitidos a la primera fase del examen o hubieran quedado dispensados de la misma en las dos convocatorias anteriores." Yo diría que esto incluye el certificado de NIA-ES.

Yo lo presentaría por si acaso, creo que esto se pidió en 2021 para el caso que la dispensa fuese anterior a las convocatorias donde esto era obligatorio. Puede tener sentido en algún caso, pero creo que es un caso raro, porque si te dispensaron en 2017 ya tienes que volver a presentar la documentación completa, y en 2019 y 2017 tenías que presentarlo, con lo que es un tema raro.

Si es nuestra primera vez, entonces, DNI, justificante de haber satisfecho los derechos de examen (resguardo de la transferencia), solcitud de admisión

Acreditación de la formación Teórica:

- Título de Licenciado (Dispensa Genércia Parcial)

- Título de Grado + Certificado de estudios (Dispensa Genérica Parcial) 

- Título de Grado + Resolución del ICAC (Dispensa específica Parcial)

- Título programa enseñanza teórica (Completo, Módulos, Oficial, Título propio...)

- Si procede curso de actualización a NIA-ES, si el master no lo incluiría por de acuerdo a la Resolución de 12 de junio de 2022 (antes del 30 de junio de 2014).

- Formación práctica, certificado del auditor/res y justificación del vínculo contractual ( por ejemplo vida labora para una relación laboral)

Si te quedan dudas sobre requisitos de formación, te dejo la entrada a ¿Cómo ser auditor de cuentas en España?

Lo dicho el apartado 3 y las instrucciones para rellenar la solicitud son tu nueva lectura favorita.

7.- En un segundo lugar y a mucha distancia de lo primero, es planificar tu repaso de aquí al día del examen y decidir si vas a acudir o no a alguno de los cursos de las corporaciones.

Otras entradas del blog relacionadas

24.05.2023: Solicitud de admisión examen ROAC

29.05.2023: Mas cuestiones sobre el examen de acceso al ROAC

25.10.2023: La convocatoria de examen.

Recibe un cordial saludo.

Ignacio Aguilar.

Preparador Examen ROAC.

 


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