domingo, 22 de diciembre de 2013

¡Feliz Navidad y prospero año 2014!

Estimado Lector,

En estas fechas espero que pases unos días de merecido descanso con tu familia y amigos y que el próximo año te traiga mucha salud, mucho trabajo y por supuesto, si te has presentado al examen de acceso al ROAC, un aprobado.



Letra Merry Christmas, War is Over (John Lennon).

viernes, 6 de diciembre de 2013

NIF-UE, Consolidación y Examen ROAC

Estimado Lector,

Si te parece podemos repasar cuando deberemos aplicar NIIF-UE en España, no haremos introducción sobre el proceso que nos ha llevado a donde estamos y nos vamos directamente al artículo 43 bis del Código de Comercio.

1.- El Código de Comercio y Consulta BOICAC

El artículo 43 bis del Código de Comercio nos dice que deberemos formular cuentas anuales consolidadas bajo NIIF-UE cuando alguna de las sociedades del grupo haya emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o cuando voluntariamente se haya ejercido esta opción en las Cuentas Anuales Consolidadas del grupo.

Artículo 43 bis del Código de Comercio

Las cuentas anuales consolidadas deberán formularse de acuerdo con las siguientes normas:

a) Si, a la fecha de cierre del ejercicio alguna de las sociedades del grupo ha emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, aplicarán las normas internacionales de información financiera adoptadas por los Reglamentos de la Unión Europea. No obstante, también les serán de aplicación los artículos 42, 43 y 49 de este Código.

Asimismo, deberán incluir en las cuentas anuales consolidadas la información contenida en las indicaciones 1.a a 9.a del artículo 48 de este Código.

lunes, 2 de diciembre de 2013

Omisión no cuantificada (3.4.10)

Estimado Lector,

Vamos a comentar en esta entrada una importante aclaración que remite el ICJCE sobre un caso práctico publicado por el Instituto como parte del curso de preparación que realiza y relativo a una omisión de información no cuantificada.

1.- La Teoría

“3.4.10. En ocasiones, el auditor podrá cuantificar el efecto del incumplimiento o conseguir la información omitida o incorrecta de forma fiable sin aumentar sustancialmente el trabajo de auditoría, en cuyo caso está obligado a realizar la cuantificación y a obtener la información. No obstante, el auditor no es responsable de preparar ni de procesar la información contable, por lo que si el asunto no fuera fácilmente cuantificable u obtenible, o el volumen de la información omitida fuese significativo, deberá requerir a los administradores de la entidad auditada para que realicen la cuantificación y preparen la información necesaria y, en su caso, modifiquen las cuentas al objeto de incluir dicha información. En tal caso, si no se modifican las cuentas o al auditor no se le facilita dicha cuantificación o la información omitida, éste se encontrará ante un incumplimiento de principios y criterios contables y, en su caso, una limitación al alcance de su trabajo, según procediera, debiendo identificar la información omitida.”
Bien, luego tenemos la circular E13/2013 que en su día comentamos, donde se dice en relación al párrafo 3.4.10 que:

sábado, 30 de noviembre de 2013

Pon todo tu corazón, toda tu mente y toda tu alma en lo que hagas (Caso 12/12)

Estimado Lector,

El último caso no es un caso, pero creo que te será incluso más útil, es un vídeo de Luis Galindo, donde dice cosas muy importantes, para el ROAC y para cualquier cosa en general en la vida, pon todo tu corazón, toda tu mente y toda tu alma en lo que hagas.

Gracias por seguir estos casos, Gracias por seguir el blog,  sin ti, todo esto no tendría sentido….#12dias12casos 


jueves, 28 de noviembre de 2013

Comunicado del Tribunal

Importante comunicado del Tribunal 28 de noviembre de 2013.


El Tribunal calificador de las pruebas de aptitud profesional para la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, convocadas por Orden ECC/682/2013, de 15 de abril, comunica que:

El punto 2.6 de la Orden ECC/682/2013, de 15 de abril (BOE de 26 de abril de 2013), de convocatoria de las pruebas, respecto de las características de la segunda fase del examen, dice que:

"Se podrán consultar textos legales y las Normas de Auditoría, comentadas o no, incluidas las consultas publicadas por el ICAC en su Boletín Oficial, así como cualquier otro texto en soporte papel."

La expresión "cualquier otro texto en soporte papel", en el ámbito en el que está referido, debe quedar restringida a un texto publicado y de acceso público, por lo que no cabe extenderlo a esquemas o resúmenes elaborados para uso propio. 

Contabilidad renovación, ampliación y mejora (Caso 11/12)

Estimado Lector,

Detrás de ese folio, que es el informe de auditoría, un folio que cada vez se cotiza menos, hay un importantísimo trabajo realizado por alguien con unos profundos conocimientos de Normas Técnicas de Auditoría, alguien con un altísimo nivel en Contabilidad y Consolidación, alguien que conoce la legislación relacionada con su actividad y con una alta capacidad de trabajo, porque en auditoría se trabaja y se trabaja mucho. Un auditor, es alguien que pone todos esos conocimientos que hemos mencionado, al servicio de la sociedad para hacer algo tan sencillo de decir y tan complicado de hacer como emitir opiniones de auditoría que sean adecuadas a las circunstancias…

Hoy comparto contigo un caso de contabilidad que hice allá por el mes de mayo de este año. Penúltima publicación, hoy sobre contabilidad, ya sabes #12dias12casos

miércoles, 27 de noviembre de 2013

Empresa en Funcionamiento 4 (Caso 10/12)

Estimado Lector,

Hoy hacemos una breve mención al caso que plantea el párrafo 5.8 de la NTA de empresa en funcionamiento modificada y te resumo al final las principales entradas que he escrito en el blog desde febrero hasta ahora sobre estos temas. Seguimos con el reto #12días12casos

Hoy vamos a referirnos al caso de una sociedad donde existiendo dudas sobre el principio de empresa en funcionamiento la Sociedad realiza un Plan Estratégico para varios año al que se hace mención en las Cuentas Anuales, en este contexto, solicitamos a la Dirección que nos facilite el plan o amplíe su valoración sobre determinados aspectos del referido Plan, requiriendo la documentación justificativa correspondiente, no habiendo recibido a fecha de emisión del informe de auditoría la información requerida.

martes, 26 de noviembre de 2013

Estimaciones normales sobre hechos futuros (Caso 9/12)


Estimado Lector, 

Hoy vamos a releer la NTA de Informes en la parte relativa a estimaciones sobre hechos futuros, muy relacionada con la reciente Circular E13/2013 del ICJCE. #12días12casos

La NTA sobre Informes en su párrafo 3.4.11 dice que:

"Las estimaciones normales que sobre hechos futuros ha de realizar toda entidad en la preparación de sus cuentas anuales, tales como estimaciones actuariales de los planes de pensiones, provisiones para clientes incobrables, provisiones para garantías o devoluciones, valor neto realizable de las existencias, etc., en términos generales, pueden realizarse de manera razonable, ya fuera a nivel específico o global, y, en consecuencia, en las cuentas se debe recoger el efecto monetario de dichas estimaciones, conforme a lo dispuesto en el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, por lo que tales circunstancias no se deben calificar como incertidumbres en el sentido descrito en el párrafo 3.5.2 siguiente."

lunes, 25 de noviembre de 2013

Omisión de información (Caso 8/12)

Estimado lector,

Si te parece podemos echar un vistazo hoy a las omisiones de información repasándolas desde la NTA sobre Informes. Seguimos #12dias12casos

1.- Contenido de la NTA sobre informes


3.4.7. Durante su trabajo, el auditor puede identificar una o varias de las circunstancias siguientes que suponen un incumplimiento de los principios y criterios contables que resultan de aplicación contenidos en el marco normativo de información financiera.

…. c) Omisión de información en las cuentas anuales, de forma que éstas no contienen toda la información necesaria y suficiente para la interpretación y comprensión adecuada. Esta circunstancia comprende, tanto el defecto en los desgloses requeridos en la memoria, como la presentación inadecuada de las cuentas en cuanto a su formato o clasificación.

domingo, 24 de noviembre de 2013

Empresa en Funcionamiento 3 (Caso 7/12)

Estimado Lector,

Te dejo el caso 3 de empresa en funcionamiento incluyo la tabla para que te orientes mejor. Pasamos el ecuador #12dias12casos.

Principio
Juicio del auditor
Opinión
Referencias
Esa. Fto.
Si el auditor concluye que la utilización de la hipótesis de empresa en funcionamiento es adecuada 
Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre.                   Párrafo de énfasis (obligatorio).
Véase NTA sobre Informes y  apartados 18, 19 y A21 y A22   NIA-ES 570.
Caso 2: Si la información revelada en las cuentas anuales no es adecuada .          Salvedades o una opinión desfavorable.
Véase NTA sobre Informes y apartado 20 y A23-A24 NIA-ES 570.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Caso 3: Opinión desfavorable.
Véase Consulta 1 auditoría BOICAC 92 y apartado  21 y A26 de la NIA-ES 570.


Caso 3: Cuentas Anuales formuladas por los administradores con anterioridad al acuerdo de la Junta General de Accionistas de disolver la sociedad (Véase modelo de párrafo intermedio en la NTA de Empresa en Funcionamiento): 

sábado, 23 de noviembre de 2013

Empresa en funcionamiento 2 (Caso 6/12)

Estimado Lector,

Seguimos con el segundo caso de salvedad por omisión de información sobre una incertidumbre significativa de empresa en funcionamiento. Llegamos al ecuador  #12dias12casos.

Principio
Juicio del auditor
Opinión
Referencias
Esa. Fto.
Si el auditor concluye que la utilización de la hipótesis de empresa en funcionamiento es adecuada 
Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre.                   Párrafo de énfasis (obligatorio).
Véase NTA sobre Informes y  apartados 18, 19 y A21 y A22   NIA-ES 570.
Caso 2: Si la información revelada en las cuentas anuales no es adecuada .          Salvedades o una opinión desfavorable.
Véase NTA sobre Informes y apartado 20 y A23-A24 NIA-ES 570.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Caso 3: Opinión desfavorable.
Véase Consulta 1 auditoría BOICAC 92 y apartado  21 y A26 de la NIA-ES 570.


Caso 2: Incertidumbre significativa sobre cuestiones relativas a problemas de empresa en funcionamiento que no se encuentran recogidas adecuadamente en la Memoria de las Cuentas Anuales, habiendo concluido el auditor que el efecto es significativo.   (Véase modelo de párrafo intermedio en la NTA de empresa en funcionamiento, véase modelo de párrafo intermedio en la NIA-ES 570).

viernes, 22 de noviembre de 2013

Empresa en Funcionamiento 1 (Caso 5/12)

Estimado Lector,

Seguimos, recuerda #12días12casos

En su momento algún compañero me recordaba que la Modificación de la NTA de empresa en funcionamiento es una Resolución de julio de 2013 y que por tanto es posterior al 5 de junio de 2013 (fecha que marca el límite de la normativa que entra en el examen y la que no).

Bien, esto es cierto, pero si miras la columna "Referencias" adjunta, verás que, todos los casos en los que la empresa ha aplicado el principio de empresa en funcionamiento, son casos cuya resolución está fundamentada en normativa vigente a 5 de junio de 2013, por tanto son todos casos susceptibles de entrar en el examen y sobre estos vamos a proponer una serie de ejemplos, empezamos esta entrada con el Caso 1 donde incluimos el párrafo de énfasis tal como se publicó dentro de la solución oficial del examen de acceso al ROAC del 2011.

Principio
Juicio del auditor
Opinión
Referencias
Esa. Fto.
Si el auditor concluye que la utilización de la hipótesis de empresa en funcionamiento es adecuada 
Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre.                   Párrafo de énfasis (obligatorio).
Véase NTA sobre Informes y  apartados 18, 19 y A21 y A22   NIA-ES 570.
Caso 2: Si la información revelada en las cuentas anuales no es adecuada .          Salvedades o una opinión desfavorable.
Véase NTA sobre Informes y apartado 20 y A23-A24 NIA-ES 570.
Utilización inadecuada de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
Caso 3: Opinión desfavorable.
Véase Consulta 1 auditoría BOICAC 92 y apartado  21 y A26 de la NIA-ES 570.

Caso 1: Se revela información adecuada en los estados financieros sobre la incertidumbre (Véase Anexo de la NTA de Informes. Párrafo de énfasis incluido en la resolución oficial del Examen ROAC 2011)

jueves, 21 de noviembre de 2013

Cambio de criterio 4 (Caso 4/12)

Estimado Lector,

Seguimos con el caso 4. #12días12casos.

1.- Enunciado aplicación prospectiva por ser impracticable la retrospectiva

La Sociedad ha modificado el criterio de valoración de sus existencias, pasando de FIFO a coste medio ponderado, por considerar que así refleja más adecuadamente la imagen fiel. El efecto del cambio de criterio ha supuesto una reducción del valor de las existencias en 255.000 euros registrandose de forma prospectiva al ser impracticable su registro retroactivo, situación sobre la que hemos podido obtener evidencia suficiente y adecuada, además la memoria incluye toda la información requerida por la normativa vigente.

2.-  Solución

NRV 22ª

"Cuando se produzca un cambio de criterio contable, que sólo procederá de acuerdo con lo establecido en el principio de uniformidad, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información."

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Cambio de Criterio 3 (Caso 3/12)

Estimado Lector,

AJUSTES Y EFECTO EN EL ECPN CASO 2. Seguimos #12días12casos. 

A continuación te dejo el planteamiento de unos hipotéticos ajustes planteados sobre el Caso 2 de cambio de criterio en existencias, digo hipotéticos porque en el enunciado no dábamos los saldos de existencias a inicio y final de cada año, con lo que me he inventado los saldos de existencias iniciales y finales.

También incluyo al final el efecto de estos ajustes por cambio de criterio en el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.

CASO 2 (2013) Véase caso en este enlace.

En este caso no se han ajustado las existencias iniciales y se ha llevado todo el efecto sobre pérdidas y ganancias del ejercicio 2013. Al haber podido calcular el efecto retroactivo hasta final de 2011 tendremos que plantearnos los ajustes necesarios en el año 2012.

martes, 19 de noviembre de 2013

Cambio de criterio de existencias 2 (Caso 2/12)

Estimado Lector,
 
Seguimos con el reto, ya sabes Caso 2  #12días12casos.



Ayer proponíamos el caso del examen ROAC de 2008 donde la Sociedad había registrado el efecto del cambio de criterio sobre las existencias iniciales  en una cuenta de otros resultados y no contra reservas como debería haber hecho.

Hoy hacemos un caso donde la Sociedad ha registrado el cambio de criterio sobre las existencias finales sin corregir el efecto del cambio de criterio de forma retroactiva.

2.1 Caso de cambio de criterio sobre existencias finales y existencias iniciales


Tal como menciona en la nota 2.7  de la memoria la Sociedad ha modificado el criterio de valoración de sus existencias, pasando de coste medio ponderado a FIFO, por considerar que así refleja más adecuadamente la imagen fiel.  Representado una disminución del valor de las existencias del 2013 de 300.000 euros. Si bien la sociedad tiene información suficiente para registrarlo de forma retrospectiva lo ha registrado prospectivamente llevando todo a pérdidas y ganancias. Así mismo el efecto en las existencias a 31 de diciembre de 2012 era de 200.000 euros y el 31 de diciembre de 2011 era de 180.000 euros.

Hipótesis adicionales al caso:

El trabajo de campo se finaliza el 20 de abril de 2014 y somos los mismos auditores del año anterior, emitimos un informe con fecha 2 de mayo de 2013 con opinión favorable.

lunes, 18 de noviembre de 2013

Cambio de criterio de Existencias 1 (Caso 1/12)

Estimado Lector,

Empezamos con el Caso 1.  Recuerda #12 días12 casos.

Caso 1 Planteado en el examen de acceso al ROAC del 2008

1.1 Enunciado

La Sociedad ha modificado el criterio de valoración de sus existencias, pasando de FIFO a coste medio ponderado, por considerar que así refleja más adecuadamente la imagen fiel. El efecto del cambio de criterio sobre las existencia ha sido posible estimarlo de forma retroactiva y se ha evaluado en 255 miles de euros, tal y como se detalla en la Nota 13.4 de esta Memoria. 

La redacción de la nota 13.4) de la memoria de Otros resultados es la siguiente:

Su origen es el siguiente:

Beneficio de una permuta de Inmovilizado Material...................  500 euros miles
Cambio de criterio en la valoración de existencias....................... 255 euros miles 
Otros beneficios excepcionales......................................................…… 530 euros miles
TOTAL............................................................................................... 1.285 euros miles

sábado, 16 de noviembre de 2013

Libro Consultas Auditoría y Contabilidad


Estimado Lector,

El ICJCE ha sacado un libro de consultas de Auditoría y Contabilidad publicadas por el ICAC desde el 2008 hasta ahora, se trata de un material permitido en el examen de acceso al ROAC del año 2013 y que contiene un indice cronológico y uno temático con el fin de agilizar la búsqueda de contenidos.

Lo que es interesante de este libro es entender la doctrina del ICAC y saber aplicarla, ahora respecto a si merece la pena llevárselo al examen o no y aunque hablaremos de esto en una entrada posterior te adelanto que el examen no es el sitio indicado para estudiar contabilidad ni para leer consultas buscando una respuesta que desconoces, el tiempo es realmente justo.

Puedes adquirir el libro en este enlace.

viernes, 15 de noviembre de 2013

¿Qué material debería llevarme al Examen?

Estimado Lector,

El ICJCE ha consultado el alcance de la famosa expresión "… cualquier otro texto en soporte papel..." obteniendo una respuesta muy parecida a la que había obtenido una compañera informalmente del ICAC y que dice así:

En el examen podrá consultarse 

 a) Cualquier libro o material escrito mientras sea público, es decir, editado. Valga como ejemplo un libro con pruebas de acceso al ROAC de ediciones anteriores, o el propio material preparado por el ICJCE para las citadas pruebas con el que se realizan los cursos. 

 b) No se admitirán resúmenes o apuntes propios.


Lo que le digo a los compañeros que el examen no es el sitio para estudiar contabilidad o para buscar respuestas a temas que no llevamos preparados a la desesperada, el examen es el momento de contarle al examinador lo que sabes en el tiempo que te han dado, si contestas el examen completo y has puesto todo lo que sabes deberías estar tranquilo con el trabajo realizado, otro tema es que lo que sabes no sea suficiente para aprobar, pero el problema de la falta de conocimiento no se suple llevando una maleta de libros.

En este sentido hay que racionalizar lo que se lleva y llevar sólo material que tengamos muy trabajado, para consultar cuestiones puntuales, recordemos que el tiempo es quizás el factor más importante en la ejecución final del examen.

martes, 12 de noviembre de 2013

IV Jornada FAIF

Estimado Lector,

El Foro de Instrumentos Financieros de AECA es uno de los pocos sitios donde se esta haciendo labor de divulgación en esta materia tan compleja y además lo hacen de forma pública y compartida en abierto. Lamentablemente este año no he podido asistir a esta cita del máximo nivel en instrumentos financieros en España. 

Por mi parte invitarte a que disfrutes de estas ponencias y si te presentas al ROAC especialmente interesante ha sido la primera ponencia de la presidenta del ICAC Ana María Martínez-Pina, donde ha repasado las últimas resoluciones del ICAC.


domingo, 10 de noviembre de 2013

Libro Normativa sobre auditoría de cuentas



Estimado Lector,

El ICAC ha sacado a la venta el libro de "Normativa sobre auditoría de cuentas en España", personalmente me he hecho con una copia y resulta interesante, es verdad que se centra sólo en la auditoría, pero incluye las Normas Técnicas de Auditoría, jurisprudencia, las normas sobre el ICAC y Consultas de auditoría publicadas por el ICAC, que podrían ser consultadas en el examen ROAC de este año 2013, en fin en auditoría es muy completo.

Lo puedes comprar con un USB de la normativa, y puedes obtener más información en el siguiente enlace.

lunes, 4 de noviembre de 2013

Fecha, lugar y hora definitivos Examen ROAC 2013

Estimado Lector,

El tribunal calificador de las pruebas de aptitud profesional para el acceso al ROAC nos acaba de dar la fecha del examen mediante el siguiente comunicado:

DIA Y HORA

La segunda fase del examen (examen práctico) se celebrará el sábado 14 de diciembre de 2013, a las 9 horas.

LUGAR

MADRID: Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. C/ Profesor Aranguren s/n. Ciudad Universitaria. 28040 Madrid. (Enlace Google Maps).

BARCELONA: Facultad de Economía y Empresa. C/ Diagonal 690. 08034 Barcelona.  (Enlace Google Maps).

ADMITIDOS Y EXCLUIDOS PROVISIONAL

viernes, 1 de noviembre de 2013

¿Que es la opinión parcial?


Actualización: En España con la adaptación de la NIA-ES 510 revisada se ha suprimido la opción de utilizar la opinión parcial por ser incompatible con nuestra Ley de Auditoría. Tengo pendiente actualizar esta entrada para explicar lo que es pero con normativa más actualizada.

1.- ¿Qué dice la NTA sobre informes?

La NTA sobre informes en su punto 3.3.16 dice que, con carácter general no se permite la opinión parcial.

En un informe de auditoría sobre cuentas anuales, no se permite la expresión de una opinión parcial sobre alguno o varios estados, epígrafes o partidas de las cuentas anuales cuando se esté expresando una opinión desfavorable o se esté denegando ésta sobre dichas cuentas anuales en su conjunto.
Estableciéndose una excepción sólo para el caso del primer ejercicio auditado.
No obstante, excepcionalmente, en el caso del primer ejercicio auditado, si el auditor no puede satisfacerse de la razonabilidad del importe de las existencias iniciales y, en general, del corte de operaciones al término del ejercicio anterior, esta circunstancia puede dar lugar a la inclusión en su informe de una salvedad por limitación al alcance y, dependiendo de la importancia del efecto de aquellos ajustes que se hubieran podido poner de manifiesto de no haber existido tal limitación, puede

lunes, 28 de octubre de 2013

Solución al Caso de Existencias iniciales

Solución al caso propuesto 

Caso A1 (véase anexo de la NIA 510): Primer año de auditoría y no hemos podido obtener evidencia suficiente y adecuada de las existencias iniciales ni aplicar procedimientos alternativos.


Informe de auditoría de cuentas anuales


A los accionistas de la Hepburn, S.A.:


1. Hemos auditado las cuentas anuales de HEPBURN, S.A. que comprenden el balance al 31 de diciembre de 2013, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha. Los administradores son responsables de la formulación de las cuentas anuales de la Sociedad, de acuerdo con el marco normativo de información financiera aplicable a la entidad (que se identifica en la Nota 2 de la memoria adjunta) y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre las citadas cuentas anuales en su conjunto, basada en el trabajo realizado. Excepto por la salvedad mencionada a continuación, el trabajo ha sido realizado de acuerdo con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas vigente en España, que requiere el examen, mediante la realización de pruebas selectivas, de la evidencia justificativa de las cuentas anuales y la evaluación de si su presentación, los principios y criterios contables utilizados y las estimaciones realizadas, están de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación.

viernes, 25 de octubre de 2013

¿Qué hago si no hay una adecuada política de cobertura de riesgos mediante las correspondientes pólizas de seguros?


Estimado Lector,

Como me gusta meterme en charcos, he decidido meterme en otro charco, menos profundo, pero no menos polémico y que también genera bastantes dudas, como es el tema del efecto que tiene sobre el informe del auditor, que el cliente no mantenga, una adecuada política de seguros.

¿Que se ha dicho en el examen ROAC?

Esta es una pregunta típica en pruebas teóricas de Master, y lo es, porque ha sido preguntada ya en el examen teórico de acceso al ROAC del año 2001, se considera que este hecho se debe tratar como una debilidad importante en los controles internos de la empresa, os dejo la respuesta para que podáis comprobarla:


Nota: Fíjate que una de las respuestas es que se trate, de acuerdo con las circunstancias, como una incertidumbre y la descarta (recordar antigua NTA de informes).

lunes, 21 de octubre de 2013

Caso Limitación al alcance provisión por garantías

Estimado Lector,

Te dejo un caso de limitación al alcance por provisiones, en concreto provisión por garantías, que con carácter general puede estimarse con fiabilidad y como auditores no podemos saber si es material o no, cuelgo directamente la solución con el caso, para que sirva de aclaración:

Enunciado

Hemos auditado las cuentas anuales de la Sociedad Hepburn, S.A al 31 de diciembre de 2013 que se presentan con cifras comparativas del año 2012 y debían haber sido auditadas por reunir los requisitos para ello y no lo fueron.

Caso NTA Información Comparativa (Existencias Iniciales)

Estimado Lector,

Te planteo un caso de informes que espero que te resulte de utilidad, en los próximos días plantearé la solución:

Descripción del caso

Hemos auditado las cuentas anuales de la Sociedad Hepburn, S.A. que se presentan con cifras comparativas del año anterior. Redactar el informe de auditoría correspondiente para cada una de las distintas situaciones que se mencionan a continuación: 

A1: Auditoría Cuentas Anuales año 2013

Es el primer año que la Sociedad ha sometido sus cuentas anuales a una auditoría, debido a que en años anteriores no cumplía los requisitos establecidos en la legislación para ello, habiéndose efectuado el encargo de auditoría por parte de Hepburn, S.A. el día 20 de octubre de 2013.

martes, 15 de octubre de 2013

Ley de Emprendedores y nuevos límites de balance abreviado



Estimado Lector,

Tenía pendiente publicar las novedades de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, donde se han aprobado diversas modificaciones a estas alturas ya bastantes conocidas en la profesión y que por mi parte paso a resumirte a continuación:

Artículo 49 Modificaciones del TRLSC:

- Del artículo 257 del TRLSC, para elevar los límites para la presentación de balance abreviado.

a) Que el total de las partidas del activo no supere los 4.000.000 €.
b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 8.000.000 €.
c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

lunes, 14 de octubre de 2013

Publicación en el BOE Resolución Deterioro de Valor


Estimado Lector,

Ya en su día hablamos de la publicación del proyecto de la  Resolución de 18 de septiembre de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro y valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos.

Recientemente se ha publicado en el BOE, te dejo a continuación el enlace.

martes, 1 de octubre de 2013

Presentación modelos 02 y 03 octubre 2013

Estimado Lector,

Como todos los años el ICAC ha publicado en su página toda la información para la remisión de los Modelos 02 y 03, este año todavía no lo he presentado pero a lo largo de este mes de octubre me tocará hacerlo en algún momento, así que publicaré la actualización en esta misma entrada con la experiencia.

En la página del ICAC tienes la Resolución de 19 de diciembre de 2002, donde se modificaron los modelos de presentación en su día. Adicionalmente el año pasado se publicó la resolución 29 de junio de 2012 del ICAC, también es recomendable leer el artículo 79 del reglamento de auditoría de cuentas.

domingo, 29 de septiembre de 2013

Solución Caso NTA sobre Informes

Introducción

Hace unos días proponíamos un caso de NTA sobre informes, el caso planteado hace referencia a la Circular E13/2013 del ICJCE, publicada el 3 de julio de 2013 y cuya lectura te recomiendo vivamente. 

En esta circular se comenta también el párrafo 3.4.10 de la NTA sobre informes donde se destaca la doble condición de incumplimiento y limitación al alcance:

"En ocasiones, el auditor podrá cuantificar el efecto del incumplimiento o conseguir la información omitida o incorrecta de forma fiable sin aumentar sustancialmente el trabajo de auditoría, en cuyo caso está obligado a realizar la cuantificación y a obtener la información. No obstante, el auditor no es responsable de preparar ni de procesar la información contable, por lo que si el asunto no fuera fácilmente cuantificable u obtenible, o el volumen de la información omitida fuese significativo, deberá requerir a los administradores de la entidad auditada para que realicen la cuantificación y preparen la información necesaria y, en su caso, modifiquen las cuentas al objeto de incluir dicha información. En tal caso, si no se modifican las cuentas o al auditor no se le facilita dicha cuantificación o la información omitida, éste se encontrará ante un incumplimiento de principios y criterios contables y, en su caso, una limitación al alcance de su trabajo, según procediera, debiendo identificar la información omitida."

viernes, 27 de septiembre de 2013

Caso práctico de NTA de Informes

Estimado Lector,

A continuación dejo un caso práctico de informes cuya resolución abordaremos en los próximos días, pido por favor a los compañeros del curso de preparación que se abstengan de contestar porque ellos ya saben la respuesta.

Hemos sido nombrados como auditores de la sociedad Hepburn, S.A. para emitir un informe de auditoría sobre las Cuentas Anuales con cifras comparativas del ejercicio 2013. La sociedad Hepburn, S.A. no incluye en las Cuentas Anuales una estimación de la provisión por garantías, debiendo, en base a la evidencia de auditoría analizada, haber dotado una provisión por este concepto. No nos han facilitado la cuantificación de la citada provisión, si bien sabemos que el importe de la provisión en todo caso sería superior a la Cifra de Importancia Relativa de Informe (CIRI).

jueves, 26 de septiembre de 2013

Listas definitivas Primera Fase examen ROAC 2013

Estimado Lector,

Se han publicado las listas definitivas de admitidos, excluidos y dispensados a la primera fase, todavía no "cantéis victoria" porque quedan las listas más importantes que son las de la segunda fase, pero en cualquier caso enhorabuena a todos los que habéis pasado este primer filtro.

lunes, 2 de septiembre de 2013

Publicada Normativa Examen ROAC ICJCE 2013



Estimado Lector,

Acabo de ver que el ICJCE ha sacado el libro con la normativa de auditoría y contabilidad cerrando la compilación de la normativa al 5 de junio de 2013, lo que lo hace una obra muy recomendable para el examen ROAC 2013. 


En el ejercicio 2011 sacaron uno muy similar y fue el que yo usé en el examen, la verdad que estuvo muy bien, yo lo recomiendo como una manera cómoda de llevar toda la normativa al examen.

Aunque no he podido hacerme todavía con el indice completo de la obra (ya actualizaremos la entrada) en la propia página del ICJCE se dice que contiene:

- Normas Técnicas de Auditoría.
- Ley de Auditoría de cuentas y su reglamento de desarrollo.
- Normativa contable básica (Plan General Contable, Normas de Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas (NOFCAC), etc..

jueves, 1 de agosto de 2013

Modificación NTA empresa en funcionamiento

Estimado Lector,

Justo después de publicar el proyecto de resolución sobre el MNIF cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, el ICAC publica esta modificación de la NTA sobre aplicación del principio de empresa en funcionamiento.

En esta entrada resumiremos el contenido de las novedades de la modificación.

¿Qué dice el PGC?

1.- El PGC establece en su marco conceptual como uno de los principios contables el de empresa en funcionamiento.

2.- Si no resulta adecuado aplicar el principio de empresa en funcionamiento se aplicará el más adecuado para que las CCAA expresen la imagen fiel. 

jueves, 25 de julio de 2013

Mario Alonso Ayala nuevo presidente del ICJCE

Estimado Compañero,

Celebradas las elecciones del último día 23 de julio para los miembros de la Comisión Permanente del Consejo Directivo del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, me informan que ha salido como vencedor el compañero Mario Alonso Ayala.

Desde este blog quiero darle la  enhorabuena a todos los componentes de la candidatura, he apoyado la candidatura de Mario porque confío en la gente que la forma y creo sinceramente que va a ser un cambio positivo para el Instituto.

sábado, 20 de julio de 2013

Proyecto no adecuado principio empresa en funcionamiento

Estimado Lector,

No es la primera vez que en este blog hablamos de aquellos casos en los que no resulta aplicable el principio de empresa en funcionamiento, por ejemplo cuando la empresa esta en liquidación, ya lo hicimos cuando el FASB sacó su norma específica al respecto, ya entonces decíamos que en España los agentes económicos se encontraban desasistidos, pues no existía un marco normativo para el caso que no fuese aplicable el principio de empresa en funcionamiento.

lunes, 8 de julio de 2013

Fecha Examen ROAC


Estimado Lector,

Según he podido leer el Tribunal  ha sacado las fechas de los exámenes, la primera fase del examen (examen teórico) se celebrará en las segunda quincena de octubre.

La segunda fase del examen (examen práctico) se celebrará la primera quincena de diciembre.

En principio a nadie debería sorprender estas fechas, era lo previsible y de hecho el departamento de formación de alguna Big Four había dado como fecha posible el 14 de diciembre de 2013.

miércoles, 3 de julio de 2013

Elecciones ICJCE 2013


Estimado Lector,

Como sabrás el martes 23 de julio son las elecciones de los miembros de la Comisión Permanente del Consejo Directivo del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, tal como se nos ha comunicado a los censores en la Circular no G08/2013.

Posteriormente en la Circular no G09/2013, que he recibido hoy día 3 de julio se han proclamado dos candidaturas.

Desde Economía y Auditoría quiero mostrar mi apoyo a la candidatura de Mario Alonso Ayala a la Comisión Permanente del Consejo Directivo del Instituto de Censores Jurados de cuentas de España, ya lo hice cuando firmé como presentador de la Candidatura y ahora desde el blog, porque sinceramente creo que puede ser muy positivo para la institución.

miércoles, 26 de junio de 2013

Consulta 1 Auditoría BOICAC 93

Estimado Lector,

Se ha publicado la Consulta 1 de auditoría del BOICAC 93 sobre un tema interesante e importante como es el de Relación entre Auditores, un tema ya regulado en la NTA de Relación entre auditores publicada en 2011, que estaba en todas las quinielas para entrar en el examen ROAC de 2011 y si bien no hubo pregunta específica, había que utilizarla para contestar a uno de los puntos del apartado 1.

La  Pregunta

Si, en el caso de sucesión de auditores en procesos de auditoría voluntaria, el régimen de acceso a los papeles de trabajo por el auditor sucesor es el mismo que el contemplado por la normativa para las auditoría obligatorias, es decir, es obligatorio y sin necesidad de aprobación expresa por parte de la entidad o, por el contrario, sería necesario contar con la autorización por parte de la entidad como requisito previo para que el auditor predecesor pueda permitir el acceso al auditor sucesor.

martes, 25 de junio de 2013

Manual Francis Lefebvre Auditoría


Estimado Lector,

Como sabes procuro mantenerme al día de las novedades editoriales que salen en materia de auditoría y contabilidad, en este sentido me hice por recomendación de un compañero con el Manual Francis Lefebvre de Auditoría, es un manual realizado con la colaboración del REA y el REGA, los autores son todos profesores universitarios de primer nivel.

jueves, 20 de junio de 2013

Proyecto Deterioro Valor Activos

Estimado Lector,

Hace unos meses tuve la oportunidad de oir en AECA al subdirector de normalización técnica del ICAC, en un curso sobre las últimas resoluciones del ICAC, donde el ponente ya nos adelantó que estaba en camino esta Resolución sobre deterioro de valor y otra sobre un marco conceptual para empresas en liquidación, tema que ya hemos tratado en este blog y que esperemos que salga pronto porque hace falta.

Bien pues la primera de estas novedades, la de deterioro de valor ya está aquí, te dejo los enlaces:

1.- Resolución del ICAC apertura a trámite de audiencia.

2.- Texto del proyecto de Deterioro de Valor de Activos.

miércoles, 5 de junio de 2013

Solución Examen ROAC 2011



Estimado Lector,

Acabo de ver en la página del ICJCE la publicación de la solución oficial del Examen ROAC del 2011.

Puedes adquirirlo en el ICJCE en el siguiente enlace.

En el REA, está a la venta en este enlace.

Bueno, no se tu pero yo estoy deseando ver la solución oficial del examen...

lunes, 3 de junio de 2013

Resolución ICAC Inmovilizado Intangible


Estimado Lector,


Esta Resolución trata de sintetizar los criterios expuestos en diversas consultas por el ICAC, así como reproducir determinados criterios del antecedente inmediato de esta Resolución como es la Resolución de 21 de enero de 1992.

En esta resolución los derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero han dejado de tener cabida en el epígrafe del inmovilizado intangible y, en la actualidad, como se ha indicado, el activo subyacente que es objeto de cesión se presenta de acuerdo con su naturaleza; con carácter general, como un inmovilizado material.  

lunes, 20 de mayo de 2013

Proyecto de norma sobre arrendamientos (IASB y FASB)

Estimado Lector,

El IASB y el FASB, han publicado una propuesta sobre arrendamientos. Actualmente la mayor parte de los arrendamientos no están reconocidos en los balances, lo que ha sido criticado por no representar de forma fiel la realidad de estas operaciones, obligando a algunos usuarios de la información financiera a hacer cálculos propios para estimar el valor de estas obligaciones por arrendamientos.

Principal novedad

La principal novedad será un aumento de los activos y pasivos registrados en los estados financieros asociados a estos contratos de arrendamiento. 

Enfoque Dual

El IASB ha querido destacar dentro de las multiples novedades que traería esta norma,  la novedad relativa al enfoque dual.

¿Qué es esto del enfoque dual?

miércoles, 15 de mayo de 2013

Caso práctico de renovación y mejora del inmovilizado

Estimado Lector,

A continuación te dejo un caso práctico de aplicación de la Resolución 1 de marzo de 2013, en relación con la reciente publicación de la Resolución de 1 de marzo de 2013 del ICAC.

Enunciado

La sociedad HEPBURN ha adquirido hace 5 años un camión con un coste de 40.000 euros y vida útil de 10 años con un valor residual de 0 euros. En este período no se ha detectado la necesidad de realizar ninguna corrección valorativa por deterioro.

Caso A 

Al comienzo del sexto año, el motor hace un extraño ruido, por lo que se lleva el camión a un taller donde se realiza una sustitución del motor, desconocemos el coste del motor que se sustituye, si bien el coste del nuevo motor es de 6.000 euros, así mismo, se incurren en unos gastos de mano de obra en el montaje del motor de 600 euros.

Suponer un IVA del 21% para todas las transacciones.

lunes, 13 de mayo de 2013

Negativa a firmar la Carta de Manifestaciones en su totalidad

 

Esta entrada ha sido actualizada el 5.09.2022, puedes visitar la entrada origina en el siguiente enlace.

Estimado Lector,

Recientemente me preguntaba un compañero en referencia a cual podría ser la consecuencia en el informe de auditoría de la negativa por parte del administrador de una sociedad a firmar la carta de manifestaciones en su totalidad.

Te dejo a continuación las referencias normativas y la conclusión en el punto tres, que incluye un modelo de párrafo de opinión denegada con indicación de alguna salvedad por incumplimiento de principios y criterios contables (incorrección material bajo NIAS).


NIA-ES 580 "Manifestaciones escritas"

Si la dirección no proporciona una o más manifestaciones escritas de las solicitadas, el auditor:

(a) discutirá la cuestión con la dirección;

(b) evaluará de nuevo la integridad de la dirección y evaluará el efecto que esto pueda tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones (verbales o escritas) y sobre la evidencia de auditoría en general; y

(c) adoptará las medidas adecuadas, incluida la determinación del posible efecto sobre la opinión en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 705, teniendo en cuenta el requerimiento del apartado 20 de esta NIA. 

El auditor denegará la opinión sobre los estados financieros, de conformidad con la NIA 705, cuando:

(a) concluya que existen suficientes dudas sobre la integridad de la dirección como para que las manifestaciones escritas requeridas por los apartados 10 y 11 no sean fiables; o

(b) la dirección no facilite las manifestaciones escritas requeridas por los apartados 10 y 11. (Ref: Apartados A26-A27) 

Nota IAJ: los apartados 10 y 11 hacen referencia a la integridad de las transacciones y la responsabilidad de la dirección, echale un vistazo a los apartados A7 y A8 de la NIA así como los párrafos A26 y A27 de la citada NIA.

3.- CONCLUSIÓN

Si la dirección se niega a firmar la carta de manifestaciones en su totalidad, el auditor debe discutir la cuestión con la dirección, documentando este asunto crítico en sus papeles de trabajo siguiendo las indicaciones dadas en el párrafo 19 de la NIA 580.

Comunicará a la dirección de la entidad las consecuencias sobre su opinión de auditoría, para que los administradores puedan rectificar (firmarnos la carta de manifestaciones) o darnos explicaciones adicionales. 

Finalmente, a la luz de la NIA 580 parece claro que si no se obtuviese la Carta de Manifestaciones firmada, se emitiría una opinión denegada.

En caso de que la negativa no fuese sobre la totalidad de la carta, sino por alguna manifestación en concreto el auditor deberá evaluar las causas y la importancia de tal limitación y los efectos que pudiera tener sobre su opinión a la luz de la normativa expuesta en esta entrada.

Recordando que aunque deneguemos la opinión, deberemos mencionar, en los párrafos distintos al de opinión cualquier salvedad por incorrección material que se hubiesen observado durante la realización del trabajo.

¿Cómo se haría un párrafo de denegación donde se ponga de manifiesto algún incumplimiento?
 
Con la reforma de la serie 700 en el año 2016, esta forma de redacción cambión en la práctia profesional siendo más adecuado la denegación simple, sin mencionar en el párrafo de opinión las salvedades por incorrección material, quedando de la siguiente manera:
 
"Hemos sido nombrados para auditar las cuentas anuales consolidadas de ABC, S.A. y sus sociedades dependientes (el Grupo), que comprenden el balance a 31 de diciembre de 20X1, la cuenta de pérdidas y ganancias , el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria , todos ellos consolidados, correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha. 

No expresamos una opinión sobre las cuentas anuales consolidadas del Grupo adjuntas. Debido al efecto muy significativo de la cuestión descrita en la sección Fundamento de la denegación de opinión de nuestro informe, no hemos podido obtener evidencia de auditoría que proporcione una base suficiente y adecuada para expresar una opinión de auditoría sobre estas cuentas anuales consolidadas."

La NIA-ES 580 de manifestaciones escritas sigue vigente en su versión adaptada por el ICAC en 2013.
 

Recibe un cordial saludo.
Ignacio Aguilar.